Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
España
Etiquetas | Cataluña | Referéndum

El Constitucional anula las partidas presupuestarias de la Generalitat para el referéndum

Admite que las rúbricas podrían dedicarse a otros procesos porque su definición es muy "genérica", pero las tumba sólo si van a la consulta
Redacción
jueves, 6 de julio de 2017, 01:40 h (CET)

Fotonoticia 20170705154532 640

El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado por unanimidad la disposición adicional 40 de la Ley de Presupuestos de Cataluña, que establece la organización del referéndum independentista, y ha decretado inconstitucionales las partidas de esas cuentas públicas si éstas se destinan a financiar la consulta.

Con esta decisión, el Alto Tribunal estima parcialmente el recurso presentado el pasado 4 de abril por el Gobierno de Mariano Rajoy contra la Ley de Presupuestos de Cataluña de 2017. Ese recurso se dirigía contra la disposición adicional 40 y determinadas partidas de dicha norma, concretamente las referidas a "procesos electorales y consultas populares" y a "procesos electorales y participación ciudadana".

La sentencia del tribunal de garantías, de la que ha sido ponente el magistrado Pedro González-Trevijano, declara la inconstitucionalidad y nulidad de la mencionada disposición adicional y recalca que las partidas presupuestarias impugnadas son inconstitucionales sólo "en el caso de que se destinen a la financiación del proceso referendario" al que se refiere la disposición anulada.

La disposición dispone textualmente que el Gobierno catalán "debe habilitar las partidas para garantizar los recursos necesarios en materia de organización y gestión para hacer frente al proceso referendario sobre el futuro político de Cataluña" y que "debe garantizar la dotación económica suficiente para hacer frente a las necesidades y los requerimientos que se deriven de la convocatoria del referéndum sobre el futuro político de Cataluña".

El Constitucional explica en su sentencia que la ley impugnada no contiene partidas presupuestarias que se destinen de forma específica a la financiación del referéndum y que, de hecho, la denominación de las citadas partidas es "genérica e inconcreta".

Noticias relacionadas

Casi 150.000 estudiantes vienen curso tras curso a España a estudiar. Lo hacen desde diferentes puntos de Europa y también desde América Latina. Según datos de LIVE4LIFE, compañía especializada en el alquiler de habitaciones para estudiantes, en el continente los más destacados son Italia y Francia.

El Comité Estatal de Coordinación y Dirección (CECOD) para incendios forestales se ha reunido este martes, de manera urgente, para valorar la situación y la posible evolución de los incendios forestales que afectan a buena parte del territorio nacional, con el objetivo de coordinar una respuesta eficiente en la asignación de los recursos de la Administración General del Estado con los que se está apoyando a las comunidades autónomas en las que se registran esos incendios.  

El incendio declarado en la noche del viernes 8 de agosto de 2025 en la Mezquita-Catedral de Córdoba, Patrimonio de la Humanidad, despertó una gran conmoción nacional e internacional. Aunque el fuego fue rápidamente controlado y la mayoría del monumento permanece intacto, el desplome parcial del techo de la capilla de la Anunciación y los daños localizados recuerdan que ningún tesoro histórico está a salvo.

 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© 2025 Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris
© 2025 Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto