Abogados expertos en Audiencia Nacional han conseguido penas mínimas a 32 acusados y la absolución a 13, entre ellos al presunto jefe del grupo de moteros en la isla española
El abogado penalista Juango Ospina durante el juicio
El juicio se celebró el pasado mes de enero y febrero en las salas Audiencia Nacional de San Fernando de Henares sumando más de 20 sesiones. Previamente la Fiscalía Anticorrupción presentó su escrito de acusación contra casi medio centenar de personas por 16 cargos que arrojaban un saldo conjunto de 298 años y medio de cárcel.
Tras quedar visto para sentencia ya que conoce que la Sección Cuarta de la Sala Penal ha descartado que la rama mallorquina de Los Ángeles del Infierno formase una “organización criminal” en Mallorca, aplicando a todos los acusados el atenuante de dilaciones indebidas en su modalidad simple.
“No constituyen una verdadera empresa criminal”, recalca la sentencia de los magistrados, que da la razón a las múltiples defensas compuestas por abogados expertos en Audiencia Nacional y acaba con las pretensiones de la Fiscalía Anticorrupción en un documento de 500 páginas. También rebaja la condena a quienes reconocieron sus conductas delictivas antes del juicio, por lo que sus penas de cárcel se sustituyen por multas, tal y como solicitó el Ministerio Público.
35 ACUSADOS ACEPTARON UN ACUERDO PREVIO CON LA FISCALÍA
La absolución del delito de pertenencia a organización criminal se extiende a todos los acusados, incluidos los que habían reconocido este delito al inicio de la vista oral al mostrar su conformidad con la acusación de la Fiscalía Anticorrupción. De los 45 acusados, 35 se conformaron y 9 mantuvieron su versión de inocencia. A uno se le retiraron los cargos.
ABSOLUCIÓN PARA HANEBUTH Y MULTA PARA EL SARGENTO PRIMERO DE LA GUARDIA CIVIL
Pero aún mejor les ha salido el juicio a quienes no aceptaron la conformidad, como el caso del jefe de este grupo en Mallorca, Frank Hanebuth, quien ha sido absuelto de todos los delitos de los que estaba acusado, o el único Guardia Civil señalado en la causa, defendido por el despacho penalista Ospina Abogados.
Al sargento primero de la Guardia Civil Francisco José Valenzuela, para quien la Fiscalía pedía cinco años de prisión, se le condena por delito de violación de secretos a una pena de multa y le absuelve de cohecho y del deber de perseguir delitos por lo que no irá a prisión.
El despacho madrileño también representaba en la causa a un empresario acusado de corrupción en los negocios, quien ha obtenido la absolución de todos los cargos que se le imputaban.
A la mano derecha del líder Hanebuth, Paul Engelke, se le condena a un año y seis meses de prisión por delitos de amenazas y encubrimiento. En relación con los policías locales, uno de ellos resulta absuelto de pertenencia a organización criminal y cohecho, mientras que al otro agente se le condena a la pena de inhabilitación para empleo o cargo público durante seis meses por delito de omisión del deber de perseguir delitos.
La Sección Cuarta, presidida por la magistrada Teresa Palacios y con ponencia del magistrado Juan Francisco Martel, considera que no se ha podido acreditar que los acusados formen parte de una organización criminal, siendo este el principal ángulo de la causa, así como tampoco consta que sus miembros estén involucrados en delitos relacionados con la prostitución, el tráfico de drogas, la tenencia ilícita de armas, las amenazas y coacciones, el encubrimiento de delitos y el blanqueo de capitales procedentes de conductas delictivas, sin perjuicio de las actividades reprochables “de que alguno de sus componentes esté o haya estado involucrado” pero no cometidos al amparo de Los Ángeles del Infierno Mallorca.
UN JUICIO ALTAMENTE MEDIATIZADO
El juicio fue retrasmitido en directo en el canal de Youtube de la propia Audiencia Nacional, donde aún podemos ver los interrogatorios practicados por algunos de los mejores abogados penalistas del momento y piezas completas como el informe oral con el que cerraba su participación, pidiendo la absolución de sus clientes, Juan Gonzalo Ospina.
LAS CLAVES DEL JUICIO
Los acusados no forman parte de una “empresa criminal”: el tribunal considera que no se ha podido acreditar que los acusados formen parte de una empresa criminal. Afirma que “son personas asentadas en la isla de Mallorca (Islas Baleares), muchas de ellas relacionadas con el club de moteros de ámbito internacional denominado ‘Hells Angels Motor Club’ (‘HAMC’), o ‘Ángeles del Infierno Motor Club’ en su versión española, sin que conste que las personas vinculadas a esta asociación (de las que existen unas veinte implantadas en España) se integren en una estructura delictiva jerarquizada”.
Atenuantes de dilaciones indebidas: el largo devenir de realización de los actos procesales sí permite considerar indebido el tiempo transcurrido a los efectos de la apreciación de la circunstancia de atenuación de las responsabilidades criminales interesado, porque resulta evidente que, desde las primeras detenciones de los acusados, en julio de 2013, hasta que se dictó el decreto de señalamiento, en abril de 2022, han transcurrido casi nueve años.
Reconocimiento tardío de los hechos: la Sala también aplica la atenuante de reconocimiento tardío de los hechos por 35 de los acusados y que para el tribunal “resultó importante y primordial para proceder a la más rápida y eficaz resolución del caso en lo que afectaba a ellos”, por lo que merece un menor reproche penal.
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