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En nuestro país los límites marcados por nuestra Carta Magna en relación con el respeto de las libertades públicas son claros y justos

Control judicial del espionaje

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La interceptación de comunicaciones telefónicas y cibernéticas, únicamente, está justificada, si existen indicios muy claros de delito, o de posibles atentados terroristas.

La prevención del espionaje industrial y del crimen organizado y el terrorismo puede ser realizada eficazmente, sin necesidad de invadir la privacidad de los ciudadanos. Porque la ley aprobada en Francia permite espiar sin intervención de los jueces, y esto significa, en el fondo, que se da vía libre a un espionaje que puede ser masivo e indiscriminado, suprimiendo, de facto, el derecho a la intimidad. Si hasta ahora en el país galo los espías actuaban, supuestamente, al margen de toda norma, esto, de ser cierto, no justifica, a mi juicio, que se apruebe esta ley.

Pensar que todo el tráfico de Internet y de transmisión de datos, llamadas y mensajes va a ser controlado con algoritmos que localicen, por ejemplo, palabras clave sospechosas, parece excesivo, porque supone que muchos comportamientos pueden ser considerados peligrosos sin serlo realmente.

Y no se queda aquí la cosa, puesto que se permite la colocación de micrófonos en lugares privados, o la entrada en domicilios, etc., sin permiso judicial. De este modo, los derechos individuales quedan seriamente dañados.

El sindicato de la magistratura francesa, o la Comisión de Consulta de los Derechos Humanos han protestado, y también muchas asociaciones. Y no es extraño, ya que las medidas especiales que autoriza esta ley, en mi opinión, vulneran las libertades de los ciudadanos, y el derecho al secreto en las comunicaciones.

En nuestro país los límites marcados por nuestra Carta Magna en relación con el respeto de las libertades públicas son claros y justos. De hecho, en la Constitución española en el punto 3 del artículo 18 se garantiza el secreto de las comunicaciones, y en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. Y en lo referido al domicilio está claro que es inviolable, salvo caso de flagrante delito o resolución judicial que permita la entrada o el registro.

Considero plausible la iniciativa del presidente francés Hollande de enviar la ley al Tribunal Constitucional para su examen. Porque, si el primer ministro galo va a tener la última palabra para autorizar o denegar escuchas o acciones de espionaje, considero que supone un uso excesivo del poder ejecutivo, puesto que, en mi opinión, se atribuye competencias propias del poder judicial. Lo que plantea una puesta en cuestión del Estado de derecho. Y, si en Francia accede al poder un gobierno de corte autoritario, las consecuencias pueden ser aún peores.

No debemos tender en Europa hacia una sociedad orwelliana igual o muy parecida a la descrita en la novela 1984 por George Orwell en 1948, en la que se manipula la información, y se practica la vigilancia masiva.

La seguridad absoluta no se puede lograr a costa de anular las libertades individuales. Evidentemente, la vigilancia y el control de la autoridad de un Gran Hermano como el propuesto por Orwell tampoco proporciona una seguridad total, ya que en la realidad y en la vida intervienen muchísimas circunstancias y elementos, que no pueden ser previstos y examinados en tiempo real, por sistemas automáticos de observación y registro. El azar está constantemente presente en el mundo, y no puede ser dominado con el espionaje, ni siquiera con el masivo y generalizado.

Lo que no presupone que no haya que reforzar al máximo las funciones de vigilancia para evitar atentados terroristas y actividades delictivas de todo tipo, pero sin medios desproporcionados y abusivos respecto a las libertades personales.

Control judicial del espionaje

En nuestro país los límites marcados por nuestra Carta Magna en relación con el respeto de las libertades públicas son claros y justos
José Manuel López García
jueves, 7 de mayo de 2015, 22:26 h (CET)
La interceptación de comunicaciones telefónicas y cibernéticas, únicamente, está justificada, si existen indicios muy claros de delito, o de posibles atentados terroristas.

La prevención del espionaje industrial y del crimen organizado y el terrorismo puede ser realizada eficazmente, sin necesidad de invadir la privacidad de los ciudadanos. Porque la ley aprobada en Francia permite espiar sin intervención de los jueces, y esto significa, en el fondo, que se da vía libre a un espionaje que puede ser masivo e indiscriminado, suprimiendo, de facto, el derecho a la intimidad. Si hasta ahora en el país galo los espías actuaban, supuestamente, al margen de toda norma, esto, de ser cierto, no justifica, a mi juicio, que se apruebe esta ley.

Pensar que todo el tráfico de Internet y de transmisión de datos, llamadas y mensajes va a ser controlado con algoritmos que localicen, por ejemplo, palabras clave sospechosas, parece excesivo, porque supone que muchos comportamientos pueden ser considerados peligrosos sin serlo realmente.

Y no se queda aquí la cosa, puesto que se permite la colocación de micrófonos en lugares privados, o la entrada en domicilios, etc., sin permiso judicial. De este modo, los derechos individuales quedan seriamente dañados.

El sindicato de la magistratura francesa, o la Comisión de Consulta de los Derechos Humanos han protestado, y también muchas asociaciones. Y no es extraño, ya que las medidas especiales que autoriza esta ley, en mi opinión, vulneran las libertades de los ciudadanos, y el derecho al secreto en las comunicaciones.

En nuestro país los límites marcados por nuestra Carta Magna en relación con el respeto de las libertades públicas son claros y justos. De hecho, en la Constitución española en el punto 3 del artículo 18 se garantiza el secreto de las comunicaciones, y en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. Y en lo referido al domicilio está claro que es inviolable, salvo caso de flagrante delito o resolución judicial que permita la entrada o el registro.

Considero plausible la iniciativa del presidente francés Hollande de enviar la ley al Tribunal Constitucional para su examen. Porque, si el primer ministro galo va a tener la última palabra para autorizar o denegar escuchas o acciones de espionaje, considero que supone un uso excesivo del poder ejecutivo, puesto que, en mi opinión, se atribuye competencias propias del poder judicial. Lo que plantea una puesta en cuestión del Estado de derecho. Y, si en Francia accede al poder un gobierno de corte autoritario, las consecuencias pueden ser aún peores.

No debemos tender en Europa hacia una sociedad orwelliana igual o muy parecida a la descrita en la novela 1984 por George Orwell en 1948, en la que se manipula la información, y se practica la vigilancia masiva.

La seguridad absoluta no se puede lograr a costa de anular las libertades individuales. Evidentemente, la vigilancia y el control de la autoridad de un Gran Hermano como el propuesto por Orwell tampoco proporciona una seguridad total, ya que en la realidad y en la vida intervienen muchísimas circunstancias y elementos, que no pueden ser previstos y examinados en tiempo real, por sistemas automáticos de observación y registro. El azar está constantemente presente en el mundo, y no puede ser dominado con el espionaje, ni siquiera con el masivo y generalizado.

Lo que no presupone que no haya que reforzar al máximo las funciones de vigilancia para evitar atentados terroristas y actividades delictivas de todo tipo, pero sin medios desproporcionados y abusivos respecto a las libertades personales.

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