Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Opinión
Etiquetas | Protocolo | Estado | Monarquía
​La presencia de Felipe VI en la ceremonia de entrega de despachos no es cortesía ni deferencia hacia su persona

​El jefe del Estado español no es un cargo protocolario

|

La presencia y participación del rey en las ceremonias organizadas por los diferentes poderes del Estado no es una cuestión protocolaria, sino una consecuencia lógica y coherente a nuestra Constitución.

Aunque suene a perogrullada, Felipe VI es el jefe del Estado español y, así se decidió un 6 de diciembre de 1978 por todos los españoles que ratificaron por referéndum el proyecto constitucional elaborado por Gabriel Cisneros, Manuel Fraga, Miguel Herrero, Gregorio Peces Barba, José Pedro Pérez-Llorca, Miquel Roca y Jordi Solé.

El rey es el símbolo de la unidad y permanencia del Estado. Además, arbitra y modera el funcionamiento de las instituciones, y confiere los empleos civiles y militares.

De los tres poderes del Estado quiero centrarme en el judicial y recordar que el artículo 117 de la Constitución indica que «la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley».

El acto de entrega de despachos a los nuevos jueces es un acto judicial solemne, tal y como recoge el Acuerdo de 23 de noviembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2005, de honores, tratamientos y protocolo en los actos judiciales solemnes.

En líneas generales, los actos judiciales solemnes son organizados por el Consejo General del Poder Judicial y por los diferentes órganos de gobierno del Poder Judicial. Es decir, la entrega de despachos es un acto organizado por el Poder Judicial y tradicionalmente «se efectúa en un acto protocolario solemne por el cual, quienes han sido nombrados Jueces por haber superado el proceso selectivo de ingreso en la Carrera Judicial, reciben la orden de nombramiento documentada en el despacho expedido por el Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo», explica el artículo 18 del Reglamento 2/2005.

La presencia de Felipe VI en la ceremonia de entrega de despachos no es cortesía ni deferencia hacia su persona.

La presencia del jefe del Estado español en el acto de entrega de despachos a la nueva promoción de jueces en Barcelona es la validación de que estos hombres y mujeres van a administrar la justicia en España en nombre del rey.

​El jefe del Estado español no es un cargo protocolario

​La presencia de Felipe VI en la ceremonia de entrega de despachos no es cortesía ni deferencia hacia su persona
María del Carmen Portugal Bueno
lunes, 28 de septiembre de 2020, 08:27 h (CET)

La presencia y participación del rey en las ceremonias organizadas por los diferentes poderes del Estado no es una cuestión protocolaria, sino una consecuencia lógica y coherente a nuestra Constitución.

Aunque suene a perogrullada, Felipe VI es el jefe del Estado español y, así se decidió un 6 de diciembre de 1978 por todos los españoles que ratificaron por referéndum el proyecto constitucional elaborado por Gabriel Cisneros, Manuel Fraga, Miguel Herrero, Gregorio Peces Barba, José Pedro Pérez-Llorca, Miquel Roca y Jordi Solé.

El rey es el símbolo de la unidad y permanencia del Estado. Además, arbitra y modera el funcionamiento de las instituciones, y confiere los empleos civiles y militares.

De los tres poderes del Estado quiero centrarme en el judicial y recordar que el artículo 117 de la Constitución indica que «la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley».

El acto de entrega de despachos a los nuevos jueces es un acto judicial solemne, tal y como recoge el Acuerdo de 23 de noviembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2005, de honores, tratamientos y protocolo en los actos judiciales solemnes.

En líneas generales, los actos judiciales solemnes son organizados por el Consejo General del Poder Judicial y por los diferentes órganos de gobierno del Poder Judicial. Es decir, la entrega de despachos es un acto organizado por el Poder Judicial y tradicionalmente «se efectúa en un acto protocolario solemne por el cual, quienes han sido nombrados Jueces por haber superado el proceso selectivo de ingreso en la Carrera Judicial, reciben la orden de nombramiento documentada en el despacho expedido por el Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo», explica el artículo 18 del Reglamento 2/2005.

La presencia de Felipe VI en la ceremonia de entrega de despachos no es cortesía ni deferencia hacia su persona.

La presencia del jefe del Estado español en el acto de entrega de despachos a la nueva promoción de jueces en Barcelona es la validación de que estos hombres y mujeres van a administrar la justicia en España en nombre del rey.

Noticias relacionadas

Me he criado en una familia religiosa, sin llegar a ser beata, que ha vivido muy de cerca la festividad del Jueves Santo desde siempre. Mis padres se casaron en Santo Domingo, hemos vivido en el pasillo del mismo nombre, pusimos nuestro matrimonio a los pies de la Virgen de la Esperanza, de la que soy hermano, y he llevado su trono durante 25 años.

Gladio (espada en latín), fue el nombre que se le dio a la "red de agentes durmientes desplegados por la OTAN en Italia y preparados para entrar en acción en caso de que los soviéticos invadieran Europa Occidental", y serían la fuerza aliada que permanecería detrás de las líneas soviéticas para facilitar el contraataque.

El diccionario es permisivo, incluye la rigidez en la delimitación de las entradas y salidas; al tiempo que acoge la pérdida de los formatos cerebrales a la hora de regular las ideas entrantes o las emitidas tras elucubraciones varias. A veces no está tan claro si apreciamos más los desajustes o seguimos fieles a ciertos límites establecidos.

 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris
© Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto