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Oímos hablar en los medios de los aforamientos y de sus beneficiados, los aforados. Pero con frecuencia nos liamos la manta a la cabeza y creemos que solo son aforados los políticos, o que ningún aforado puede ser juzgado. Con lo que bien está que sean aclaradas ciertas cosas básicas sobre tan esencial asunto.
El 23 de junio de 1936, un documento oficial norteamericano revela la inquietud que embarga a los delegados de Estados Unidos para lograr un acuerdo territorial relacionado con el Chaco, a un año de haberse logrado el cese de hostilidades entre Paraguay y Bolivia.
Trump, después de bombardear a Irán, ha advertido: “Cualquier represalia de Irán contra EEUU será respondida con una fuerza mucho mayor de la que se ha visto esta noche”. ¿Había atacado Irán a EEUU? No. ¿Fue Irán el primero en atacar a Israel? Tampoco. ¿Tiene armas nucleares o proyectos sobre ellas? La OIEA asegura que no (y calla con Israel). ¿Es esto Derecho internacional? No lo sabemos.
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