El conflicto sobre Gibraltar tiene su origen en la Guerra de Sucesión Española (1701-1714). En el marco del Tratado de Utrecht (1713), España cedió la soberanía del Peñón a la Corona británica de manera "perpetua", pero bajo condiciones muy concretas: el territorio cedido era exclusivamente el peñón y no incluía aguas territoriales, espacio aéreo, ni territorio adyacente (como el istmo donde hoy se sitúan el aeropuerto y otras infraestructuras). Lo que cedía era el uso del puerto.
Raíz del problema de Gibraltar
Vamos al núcleo documental del conflicto. El artículo clave del Tratado de Utrecht sobre Gibraltar es el Artículo X, firmado en 1713 entre España y Gran Bretaña.
Ttranscribo el fragmento más relevante, en el que se apoya España para sostener que solo se cedió el peñón y no el istmo, ni aguas, ni espacio aéreo:
Artículo X del Tratado de Utrecht (1713):
"El Rey Católico, por sí y por sus herederos y sucesores, cede por este tratado a la Corona de la Gran Bretaña la plena propiedad de la ciudad y castillo de Gibraltar, juntamente con su puerto, defensas y fortalezas que le pertenecen, dando la dicha propiedad absolutamente para que la tenga y goce con entero derecho y para siempre, sin excepción ni impedimento alguno."
"Pero en caso que en algún tiempo a la Corona británica le parezca conveniente dar, vender o enajenar de cualquier modo la propiedad de dicha ciudad de Gibraltar, tendrá la preferencia la Corona de España antes que otros para la redención de dicha ciudad."
"Y para evitar cualquier abuso de contrabando, se conviene y pacta que no se permitirá a los judíos ni a los moros habitar ni establecerse en dicho lugar, ni se permitirá que barcos de guerra de los enemigos de Su Majestad Católica entren o sean recibidos en el puerto."
Como puedes observar:
- Se cede la ciudad, el castillo, el puerto, las defensas y fortalezas. Pero no se cede el territorio, cuando alguien compra una casa, la casa es suya el territorio es propiedad del comprador, pero en territorio no, que es soberanía del Estado. Es más los bienes del subsuelo pertenecen siempre al Estado. - No se menciona el istmo, ni aguas territoriales ni espacio aéreo. Solo el uso del puerto. - Se establece el derecho de reversión a España si el Reino Unido desea deshacerse de Gibraltar. De la propiedad, no del territorio. Puede entenderse que el territorio siempre fue español, lo que se cede es la propiedad de lo construido por los ingleses sobre el mismo.
Este vacío o expresión no absolutamente clara para algunos, sobre los límites del territorio ha sido una de las principales bases jurídicas en las que España fundamenta sus reclamaciones, alegando que todo lo que se ha construido fuera de ese núcleo, como el aeropuerto sobre el istmo, puertos ampliados, bases militares, aguas jurisdiccionales, etc., serían ampliaciones no autorizadas por el tratado original.
Cesión parcial y limitada
Desde entonces, España ha sostenido que la cesión fue parcial y limitada, mientras que el Reino Unido ha ejercido un control progresivamente más amplio sobre el territorio. La cuestión de Gibraltar se ha ido complicando con el tiempo por factores estratégicos (control del Estrecho), militares, económicos (paraíso fiscal), identitarios (autodeterminación de los gibraltareños) y desde 1973, por la pertenencia de Reino Unido a la UE, que ahora se ha roto con el Brexit.
Por tanto, la raíz del problema es una tensión no resuelta entre la soberanía territorial, reivindicada por España; los derechos adquiridos bajo un tratado internacional, defendidos por Reino Unido; y el principio moderno de autodeterminación, invocado por la población de Gibraltar.
El pueblo español siempre reivindicó como suyo Gibraltar
El genio y gracejo andaluz, dio con el invento de coplillas a lo largo de la historia, haciendo fuerte la posición del general Francisco Franco Bahamonde de cerrar la frontera a Inglaterra, pues como bien decía Godoy:
“La Inglaterra, la primera; la segunda, la Inglaterra; la Inglaterra, la tercera; y, siempre, la Inglaterra” Pues bien, una de las coplillas todavía es recordada por los mayores que recuerdan como se puso de modo decir que Franco le dijo a Isabel II de Inglaterra, en un lenguaje, claro está, políticamente incorrecto hoy a la altura que llevamos de “civilización”:
“Tu inventaste la minifalda, casaste a los maricones, pero no pasas por el Peñón porque a mi no me sale de los cojones”.
Esto también es historia, que debe actualizarse, para saber cuál es y era el sentir popular y la realidad de la cuestión.
El reciente entendimiento
El reciente entendimiento alcanzado entre España, el Reino Unido y la Comisión Europea respecto al futuro de Gibraltar marca un hito en la configuración de las relaciones de este enclave con Europa.
Tras prolongadas conversaciones posteriores al Brexit, el acuerdo contempla la eliminación de la verja que divide La Línea de la Concepción y el Peñón, la integración parcial de Gibraltar en el espacio Schengen y la desaparición de los controles fronterizos para personas y mercancías.
Más allá del simbolismo
Este pacto acarrea implicaciones jurídicas, económicas y políticas de calado, que España no puede obviar. Para la población del Campo de Gibraltar, donde miles de trabajadores dependen del tránsito diario, la noticia supone un respiro. La eliminación de obstáculos físicos, la armonización tributaria y la cooperación judicial podrían traducirse en mayores oportunidades para una comarca marcada históricamente por el desempleo estructural. Además, los fondos europeos previstos en el acuerdo abren la puerta a inversiones en formación, medioambiente y cohesión social.
Sin embargo, persisten incertidumbres relevantes. El acuerdo aún no ha sido formalizado jurídicamente, lo que deja cuestiones sensibles sin resolver: el futuro régimen fiscal de Gibraltar, las garantías de competencia justa —particularmente en sectores como el tabaco o los servicios financieros— o el control efectivo sobre el aeropuerto, cuya soberanía España siempre ha cuestionado.
Están viendo que el suelo en España es más barato que en Gibraltar, mucho más escaso, no vaya a ser que, con su entendimiento sui generis del concepto de propiedad particular y propiedad estatal que tiene el inglés, nos compren en poco tiempo territorio y vayamos perdiendo territorialidad en el Estado español menoscabado por las compras inglesas. Debería prohibirse a cal y canto, la compra de terreno español por parte de extranjeros, así se relajaría considerablemente el problema de la habitabilidad y de la propiedad en España.
El Ejecutivo español, tradicionalmente firme en la reivindicación de soberanía, presenta el acuerdo como un éxito diplomático. Pero no lo es tanto. Inglaterra no firma nada en lo que no salga ganando. Según el ministro de Asuntos Exteriores, España gestionará los accesos al espacio Schengen, mientras que las autoridades gibraltareñas mantendrán su control interno. En la práctica, los viajeros pasarán por un doble control: primero por funcionarios españoles encargados de Schengen y, después, por la policía local en nombre del Reino Unido. Este modelo de cooperación en seguridad y justicia “refuerza” los “mecanismos de colaboración” entre ambos lados.
A pesar de su operatividad, esta fórmula suscita recelos.
En Reino Unido, ciertos sectores perciben como una humillación que los ciudadanos británicos deban someterse al control español para acceder a Gibraltar.
En España, algunos lo interpretan como una claudicación simbólica de la soberanía, pese a que el acuerdo insiste en que no altera las posiciones jurídicas de ambas partes. De facto, se configura un esquema de soberanía compartida que mantiene abierto el histórico contencioso. Pero no se deja claro que la propiedad es de edificios de construcción inglesa, no de todo el territorio que ocupa UK del territorio natural y legítimamente español.
La eliminación de la verja, durante décadas emblema de enfrentamiento, tiene un fuerte componente emocional. Sin embargo, este acuerdo debe interpretarse en el marco más amplio de la transformación de las fronteras y de la reconfiguración de los flujos migratorios y económicos en Europa.
Gibraltar ha estado incumpliendo el Tratado todo el tiempo desde que se firmó. El tercer párrafo transcrito habla de impedir la estancia de moros y judíos, sin embargo, fama est que Gibraltar ha sido y es desde siempre un lugar de intercambio de mercancías donde estos ciudadanos han vendido sus mercancías como si no existiera prohibición alguna por medio de un tratado internacional. Además, Gibraltar ha sido desde siempre y lo sigue siendo paso obligado del comercio entre la ciudadanía española y norteafricana.
Gibraltar pasa ahora a convertirse en un modelo híbrido: políticamente fuera de la UE, pero funcionalmente integrado en varios de sus sistemas clave. España, a cambio de una mayor capacidad operativa, asume nuevas responsabilidades.
Tampoco queda zanjado el uso civil y comercial del aeropuerto, construido sobre un territorio cuya soberanía sigue en disputa. Londres mantiene el control militar exclusivo, lo que preocupa a Madrid por sus implicaciones estratégicas en un escenario internacional cada vez más volátil.
Si se escuchara más a los profesionales de humanidades, especialmente a los historiadores, quizás se verían más claras las cosas.
El acuerdo, que debe ser ratificado tanto por el Parlamento Europeo como por las cámaras legislativas británicas y españolas, afecta competencias soberanas que van más allá de lo meramente comercial o técnico. La supresión de la verja no elimina los controles, sino que los desplaza a los puntos de entrada marítimos y aéreos bajo gestión conjunta.
En resumen, el pacto sobre Gibraltar representa un ejercicio de pragmatismo diplomático, aunque no exento de dilemas de fondo. España deberá encontrar un equilibrio entre soberanía, integración y cooperación que preserve su posición estratégica sin perder eficacia ni legitimidad. Solo el tiempo permitirá valorar si se ha alcanzado una solución estable o, una vez más, un frágil compromiso en una frontera que, aunque ahora más difusa, sigue siendo profundamente política.
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