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El Tribunal Supremo establece el criterio para la reclamación de las tarjetas revolving por usura

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Aquellas personas que tengan una tarjeta revolving y consideren que estén pagando intereses abusivos, tienen una buena noticia. El Tribunal Supremo ha establecido el criterio para reclamar tarjetas revolving por usura. Desde el despacho de abogados Laterna Abogados aseguran que pueden analizar el contrato y aconsejar sobre cómo reclamar a la entidad si se cumplen los requisitos de usura o falta de transparencia.


El Tribunal Supremo, en su sentencia de fecha 15 de febrero del 2023 ha fijado, por fin, el criterio para considerar que un tipo de interés revolving es usurario. Concretamente, el Tribunal considera que un interés fijado en el contrato que supere en 6 puntos el tipo medio de mercado se considera notablemente superior al dinero y, por tanto, ha de declararse usurario.


Son muchas las entidades financieras que durante estos años han comercializado tarjetas revolving con intereses cuyo TAE se considera notablemente superior al tipo medio y los Juzgados están declarando la usura de estos contratos. La consecuencia de la declaración de usura es la nulidad del contrato: en la mayoría de los casos las entidades tienen que devolverle al cliente una suma importante de dinero.


Buena parte de los Juzgados y Audiencias Provinciales están admitiendo también la nulidad por falta de transparencia de la cláusula de intereses remuneratorios aun cuando el TAE del contrato no supera en 6 puntos el tipo medio. Esto es muy importante, porque aquellos clientes que contrataron en su día una tarjeta revolving y no se puedan acoger a la nulidad del contrato por usura, pueden ejercitar esta acción y, en la práctica, conseguirían igualmente recuperar las cantidades abonadas de más.


Es importante destacar que también cabe la declaración de nulidad por usura de aquellos contratos de préstamo o créditos que no tengan la consideración de revolving. Muchas entidades comercializaron también créditos o préstamos al consumo con un interés TAE notablemente superior a la media y, por tanto, podrían reclamar.


Desde el despacho de abogados Laterna Abogados analizan sin coste para el cliente su contrato y aconsejan reclamar a la entidad cuando cumple los requisitos de usura o falta de transparencia, ya que han sido muchos los clientes que han podido recuperar su dinero con dicha reclamación.


El Tribunal Supremo establece el criterio para la reclamación de las tarjetas revolving por usura

Emprendedores de Hoy
miércoles, 26 de abril de 2023, 16:53 h (CET)

Aquellas personas que tengan una tarjeta revolving y consideren que estén pagando intereses abusivos, tienen una buena noticia. El Tribunal Supremo ha establecido el criterio para reclamar tarjetas revolving por usura. Desde el despacho de abogados Laterna Abogados aseguran que pueden analizar el contrato y aconsejar sobre cómo reclamar a la entidad si se cumplen los requisitos de usura o falta de transparencia.


El Tribunal Supremo, en su sentencia de fecha 15 de febrero del 2023 ha fijado, por fin, el criterio para considerar que un tipo de interés revolving es usurario. Concretamente, el Tribunal considera que un interés fijado en el contrato que supere en 6 puntos el tipo medio de mercado se considera notablemente superior al dinero y, por tanto, ha de declararse usurario.


Son muchas las entidades financieras que durante estos años han comercializado tarjetas revolving con intereses cuyo TAE se considera notablemente superior al tipo medio y los Juzgados están declarando la usura de estos contratos. La consecuencia de la declaración de usura es la nulidad del contrato: en la mayoría de los casos las entidades tienen que devolverle al cliente una suma importante de dinero.


Buena parte de los Juzgados y Audiencias Provinciales están admitiendo también la nulidad por falta de transparencia de la cláusula de intereses remuneratorios aun cuando el TAE del contrato no supera en 6 puntos el tipo medio. Esto es muy importante, porque aquellos clientes que contrataron en su día una tarjeta revolving y no se puedan acoger a la nulidad del contrato por usura, pueden ejercitar esta acción y, en la práctica, conseguirían igualmente recuperar las cantidades abonadas de más.


Es importante destacar que también cabe la declaración de nulidad por usura de aquellos contratos de préstamo o créditos que no tengan la consideración de revolving. Muchas entidades comercializaron también créditos o préstamos al consumo con un interés TAE notablemente superior a la media y, por tanto, podrían reclamar.


Desde el despacho de abogados Laterna Abogados analizan sin coste para el cliente su contrato y aconsejan reclamar a la entidad cuando cumple los requisitos de usura o falta de transparencia, ya que han sido muchos los clientes que han podido recuperar su dinero con dicha reclamación.


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