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Dicen que los andaluces estamos “curados de espanto” por los comportamientos de ciertos personajes que han gobernado malamente Andalucía durante casi cuarenta años. Sin embargo, yo no creo que estemos “tan curados”, porque cada vez que ha surgido algún episodio de mala gestión o prevaricación, se han criticado en todos los ambientes, aún a sabiendas de que no iban a cambiar de política, los Chaves, Griñan, Díaz, y sus millares de adláteres.
El 26 de mayo de 2009 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó al Gobierno español a pagar a María Luisa, “La Nena”, la pensión de viudedad que le correspondía y que la Seguridad Social le negaba porque, según ellos, la “boda gitana” no es un verdadero matrimonio. Ese juicio lo ganamos a pesar de que los tribunales españoles se empeñaron en darle la razón al Gobierno de España.
Si analizamos “la cosa”, aunque sea someramente, a cada paso que damos, el IVA nos persigue: al comprar el billete del autobús, al desayunar en el bar o cafetería, al comprar la prensa, al fumar el primer cigarrillo, al repostar el coche, al pagar la cuenta de supermercado, al comprar un libro, en la visita al dentista o a la farmacia.
El establishment del Estado español estaría formado por las élites financiera-empresarial,
Un Estado de Derecho avanzado, debidamente representado por un Gobierno íntegro, de todos y para todos, ante el título de este artículo solo debería, como ejemplo para la sociedad civil, guardar un respetuoso acatamiento y manifestar la intencionalidad de ajustar la sentencia del Tribunal Constitucional a los derechos individuales.
Impedir la libre circulación de personas por espacios de uso público, salvo para actividades esenciales, como adquisición de alimentos, el desplazamiento al puesto de trabajo o a un centro sanitario, tal como lo hizo el gobierno en marzo de 2020, no se ajusta al espíritu de la Constitución. Tampoco son constitucionales impedir la circulación de vehículos y cortar las carreteras a tal efecto. De esta manera se han expresado los magistrados del Tribunal Supremo.
Dicen haber triunfado esos bastardos por la sentencia del TC al considerar inconstitucionales los confinamientos durante el estado de alarma de la primera ola de la pandemia, considerándolos ilegales. A pesar de que la Ley que regula el estado de alarma cita textualmente que está prevista para «epidemias».
“El Estado de derecho debe ser reconocido por todos los partidos políticos. Ellos no deben aconsejar a otros violar la ley, ni alentar a otros a hacerlo, incluso cuando están en total desacuerdo con la legislación presentada por el gobierno de turno” James Callaghan.
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