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Los técnicos de Hacienda piden investigar las actividades económicas de Juan Carlos I

Agencias
martes, 12 de agosto de 2025, 15:03 h (CET)

MADRID, 12 (SERVIMEDIA)


El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha pedido a la agencia tributaria (AEAT) que investigue las actividades e intereses económicos de Juan Carlos I, tras publicarse que ha devuelto a sus amistades los préstamos que recibió para pagar en febrero de 2021 las declaraciones complementarias del IRPF de 2014 a 2018 por un total de 4.416.757,46 euros, incluidos intereses de demora y recargos.


En concreto, Gestha pide a la Dirección de la AEAT que ordene iniciar una inspección teniendo en cuenta que en 2021 Juan Carlos I seguía siendo residente fiscal en España y urge a hacerlo antes de que prescriban sus posibles irregularidades, el 30 de junio de 2026. Según lo publicado, habría trasladado su residencia a Emiratos en 2022.


Los técnicos consideran que se deben investigar las garantías, condiciones y cláusulas de los préstamos que se dice que se han reintegrado, y si en dicho año Juan Carlos I disponía de inmuebles, acciones o cuentas en el extranjero y su valoración.


A resultas de esta inspección, según los técnicos, la AEAT podrá verificar dónde está situado el centro principal de los intereses económicos del rey emérito, pues si se localiza en España seguiría siendo residente fiscal en España aunque viviera en Emiratos, pero si sus intereses económicos principales estuvieran en otro país podría considerarse que la regularización tributaria de Juan Carlos I fue inveraz, incompleta o incorrecta con las consecuencias penales que conllevaría por supuestos delitos contra la Hacienda pública.


A este respecto, Gestha recuerda que en septiembre de 2018 la Fiscalía especial contra la corrupción y la criminalidad organizada (pieza separada de investigación 'Carol') alertó de que "las potenciales contingencias tributarias que indiciariamente revelan las conversaciones sí es posible que merezcan la atención de las autoridades tributarias y, en su caso, pudieran derivar en el futuro en las correspondientes denuncias por delitos fiscales".


Además, Gestha pide a la AEAT que ordene también otra investigación al rey emérito para verificar el lugar y la naturaleza de las rentas obtenidas supuestamente por la venta de los derechos para la realización de documentales sobre su vida y por la intermediación en operaciones comerciales, y si dichas rentas las ha obtenido personalmente o a través de una sociedad o entidad instrumental española o extranjera, así como el origen y lugar de procedencia de los fondos de sus cuentas bancarias.


Los técnicos de Hacienda indican que el objetivo de esta segunda investigación es determinar el lugar en que se encuentra su centro principal de intereses económicos desde 2022, bastando para mantener la residencia fiscal en España que se demuestre que dispone de más bienes en nuestro país que en cualquier otro Estado, al igual que el origen y lugar de procedencia de los fondos de sus cuentas bancarias.


Por otra parte, como los convenios de doble imposición firmados por España priman sobre la normativa interna ordinaria, los técnicos del Ministerio de Hacienda indican que el convenio de España con los Emiratos Árabes Unidos (EAU) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal establece que una persona es residente de los EAU si, a la vez, está domiciliada allí y es nacional emiratí, con unas cláusulas de desempate en caso de existir un conflicto de doble residencia en España y EAU.


Así, Gestha entiende que, aunque el rey emérito resida más de 183 días en los Emiratos, será difícil, a la vista de la normativa de Emiratos, que pueda obtener un Certificado de Residencia Fiscal en los EAU a efectos de convenio, por un doble motivo.


Primero, por una decisión del Consejo de Ministros de EAU de 2022 de Determinación de la Residencia Fiscal, que establece que las condiciones de un Convenio Internacional se aplican para determinar la residencia fiscal a los efectos de dicho convenio. Y segundo, por una decisión del Ministerio de Hacienda emiratí de 2023, que únicamente permite a las personas que cumplan con los requisitos de residencia fiscal en el EAU según un Convenio Internacional, que puedan solicitar un Certificado de Residencia Fiscal a los efectos de dicho convenio.


Por estos motivos, y con el resultado de una investigación que acredite el lugar donde está el centro principal de intereses económicos del rey Juan Carlos I, Gestha pide a la AEAT que active la aplicación del artículo 9 de la Ley del IRPF, en relación con el artículo 4 del Convenio, para establecer la residencia fiscal en España, e incluso si se originase un conflicto de doble residencia española y emiratí, aplicando la primera regla que resuelve en favor del lugar donde mantiene las relaciones personales y económicas más estrechas.


Así, el centro vital de sus relaciones personales y económicas habría estado siempre en España, donde residen los demás miembros de la Familia Real, la Infanta Elena, y una parte de sus nietos, por lo que con este criterio debería seguir presentando sus declaraciones del IRPF y del Impuesto de Patrimonio en España.


A este respecto, Gestha recalca que de no activarse el procedimiento de residencia fiscal en España, el rey Juan Carlos I podría considerarse un apátrida fiscal, pues no tributaría por la obtención de sus rentas mundiales ni en España ni en los Emiratos, y la AEAT estaría consintiendo un caso abusivo de doble no imposición.


Por todo ello, Gestha concluye que la AEAT debería abrir una investigación tributaria a Juan Carlos I, como la abriría a cualquier otro contribuyente con menores importes e indicios, y evitar eludir sus responsabilidades públicas, como al parecer ocurrió con el escueto informe despachado por el Inspector jefe de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) de 2018.


Por último, Gestha pide que la Casa Real informe con transparencia si Juan Carlos I cumple con el primer punto de los Criterios de actuación de los miembros de la Familia Real, a la que sigue perteneciendo, por el que "solamente podrán desarrollar, con carácter de exclusividad, actividades de naturaleza institucional", así como con la normativa sobre regalos a la Familia Real, en particular con el punto referido a que "los miembros de la Familia Real no aceptarán préstamos sin interés o con interés inferior al normal del mercado, ni regalos de dinero", y de haberlos recibido si ha procedido a su devolución o donado a una ONG.


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