MADRID, 29 (SERVIMEDIA)
Este lunes es el último día en el que los propietarios de una vivienda turística pueden solicitar su número de registro de alojamiento de corta duración, que a partir del martes será obligatorio para poder anunciarse en plataformas como Airbnb.
La solicitud la pueden entregar en la Sede Electrónica del Colegio de Registradores o en la Ventanilla Única Digital del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Esta deberá ir acompañada de la documentación pertinente: referencia catastral y la dirección exacta del alojamiento, el modelo de alquiler (vivienda completa o por habitaciones), el número de personas que podrán hacer uso de la vivienda y el cumplimiento de los requisitos que establece cada comunidad autónoma para poner en marcha este tipo de servicios.
Una vez presentada y validada la solicitud de registro, los propietarios de estos alojamientos reciben un número de identificación que deberán hacer público en las plataformas online donde promocionen sus servicios de alquiler. De esta forma, estas viviendas estarán publicadas de forma oficial.
A partir del martes 1 de julio comienza a ser efectivo -entró en vigor el 2 de enero- el Registro Único de Alquiler Turístico, que tiene como objetivo la regulación de los alquileres de corta duración, estableciendo mecanismos de ordenación que, según el Ministerio de Vivienda, "frenarán los casos de fraude y consolidarán un mercado transparente".
Esta regulación, transposición de una norma europea, establece que todas las viviendas destinadas a uso turístico o de temporada deberán contar obligatoriamente con un código de registro para poder operar legalmente.
Por el momento, según anunció el pasado viernes el Ministerio de Vivienda, se han recibido 199.686 solicitudes en toda España. De ellas, 90.046 han sido aprobadas, 17.596 denegadas y 92.044 están pendientes de verificación por parte del Colegio de Registradores. De estas, la gran mayoría de solicitudes -156.938- son de alojamientos turísticos.
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