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La reforma del Reglamento sobre derechos de los pasajeros aéreos representa un avance hacia una mayor seguridad jurídica, según Javier Gándara

Agencias
miércoles, 11 de junio de 2025, 15:21 h (CET)

MADRID, 11 (SERVIMEDIA)


Los ministros de Transporte del Consejo de Europa aprobaron la reforma del Reglamento 261/2004 sobre derechos de los pasajeros aéreos. Una actualización largamente esperada por el sector que, pese al voto en contra de España, representa un avance hacia una mayor seguridad jurídica para pasajeros y aerolíneas. Así lo defiende Javier Gándara, presidente de la Asociación de Líneas Aéreas (ALA), en una tribuna publicada en 'El Economista', donde analiza el impacto de esta decisión europea.


Según comenta en el artículo, desde la entrada en vigor del reglamento original en 2004, la aviación comercial ha cambiado radicalmente en estos 21 años. "Por poner el ejemplo de España, en 2024 volaron en nuestro país cerca del doble de los 165 millones de pasajeros que lo hicieron en 2004, lo que da muestra de la creciente popularidad del mismo, gracias al abaratamiento progresivo de los billetes".


En este contexto, el presidente de la patronal no duda en aclarar que la reforma aborda uno de los puntos más controvertidos del sector en España: el equipaje de mano. A pesar de que en el resto de Europa los elementos de la reforma que han centrado el foco de interés son los relacionados con los umbrales de retraso a partir de los cuales corresponde a las compañías aéreas compensar a los pasajeros, así como las cantidades de dichas compensaciones, en nuestro país la polémica acerca del equipaje de mano ha sido la que ha acaparado toda la atención mediática y política.


Según explica, estas sanciones se basaban en una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (el llamado 'caso Vueling' de 2014), que prohibía cobrar suplementos por el equipaje indispensable, pero sin aclarar qué se entendía por "exigencias razonables" en peso y dimensiones.


La ambigüedad jurídica ha sido enorme. "Más de cincuenta sentencias de diferentes juzgados en España diciendo que la práctica sancionada es perfectamente legal; y otras tantas diciendo exactamente lo contrario, lo cual supone un auténtico galimatías para los consumidores, que no saben a qué atenerse".


Según Gándara, la reforma aprobada por el Consejo de Europa aporta por fin una definición clara: se establece que todo viajero tiene derecho a transportar sin coste adicional un bulto de mano de hasta 40x30x15 cm, considerado indispensable. A partir de ahí, cualquier pieza mayor –como los populares "trolleys"– podrá estar sujeta a un suplemento, según la política comercial de cada compañía.


Para el máximo representante de la asociación que representa las aerolíneas en nuestro país, esta precisión supone un avance clave. Por un lado, evita que quienes viajan solo con un pequeño bolso (unos 50 millones de pasajeros en España en 2024) asuman costes por un servicio que no utilizan. Por otro, permite a las aerolíneas evitar retrasos derivados de tener que bajar "trolleys" a la bodega de avión porque no cabían por una cuestión física.


Con este avance, ALA considera que el Consejo de Europa refuerza el principio de libertad tarifaria recogido en el Reglamento 1008/2008, "que ha sido uno de los pilares en los que se ha basado la popularización del transporte aéreo en nuestro continente, haciéndose asequible para una mayoría de consumidores algo que hace no demasiado tiempo solamente lo era para los muy ricos."


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