MADRID, 08 (SERVIMEDIA)
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) denunció este domingo que la Unión Europea (UE) quiere favorecer los intereses económicos de las compañías aéreas "sacrificando el derecho a la movilidad inclusiva de las personas con discapacidad, que una vez más son relegadas en las decisiones europeas".
Así lo expresó en un comunicado ante la aprobación esta semana por el Consejo de Transporte, Telecomunicaciones y Energía de la UE de la propuesta de reglamento para regular la actividad de las aerolíneas, que permitiría a estas cobrar el billete del acompañante de un pasajero con discapacidad que precisara esta asistencia.
Para el Cermi, resulta "absolutamente intolerable" que la UE no garantice la gratuidad de los pasajes para los acompañantes de pasajeros de personas con discapacidad que necesiten viajar con su asistente personal, como ocurre desde hace décadas en otros países como los Estados Unidos de América.
Dado que esta propuesta de reglamento aún debe pasar por el Parlamento Europeo, el Cermi anunció que piensa reclamar a los grupos políticos presentes en la Eurocámara que enmienden el texto aprobado por el Consejo de Transportes y que "se reconozca el derecho a que el acompañante de un pasajero con discapacidad, cuando resulta necesaria su asistencia, no tenga que abonar billete en ningún caso, asumiendo su coste la compañía".
También pedirá que la reforma de este reglamento suprima la posibilidad, ahora vigente, de que las aerolíneas denieguen el embarque de un pasajero con discapacidad alegando motivos de seguridad y que "se regule un cuadro de indemnización justo y actualizado por la pérdida y deterioro de productos de apoyo para la movilidad personal como sillas de ruedas, scooter, etc".,
El Cermi señaló que este tipo de productos, imprescindibles para la movilidad de personas con discapacidad, en este momento son considerados "meramente como equipaje", por lo que en caso se daño se pagan "compensaciones irrisorias". Por eso, también reclamará que en caso de extravío o no funcionamiento de este material por causa imputable a la compañía durante el traslado, se proporcione elementos de sustitución.
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