MADRID, 02 (SERVIMEDIA)
La Fiscalía provincial de Madrid ha decidido archivar las diligencias de investigación que mantenía abiertas por la denuncia de varias exalumnas del cofundador de Podemos Juan Carlos Monedero, que le acusaron de un delito contra la integridad moral ante la Universidad Complutense de Madrid (UCM), que dio traslado al Ministerio Público.
El pasado 10 de abril de 2025, la Fiscalía recibió comunicación de la Universidad Complutense de Madrid por la que se daba traslado del Expediente Disciplinario a Monedero, profesor titular de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de dicha universidad, en relación con el comportamiento mantenido por el mismo con algunas alumnas asistentes a sus clases durante el curso académico 2021-2022.
El Ministerio Público concluye que la conducta llevada a cabo por el denunciado durante el curso académico 2021-2022 no es constitutiva de un delito contra la integridad moral del artículo 173. 1 del Código Penal, por no cumplir con los supuestos de ese tipo delictivo.
"Los hechos descritos no tienen la entidad suficiente para considerarlos como un trato degradante y atentado grave contra la integridad moral de las alumnas. La jurisprudencia referida requiere que la conducta para ser declarada grave, además de ser reiterada debe revestir un plus de desvalor, entendiendo este plus como aquel que puede crear en las víctimas sentimientos de terror, de angustia y de inferioridad, susceptibles de humillarles, de envilecerles y de quebrantar, en su caso, su resistencia física o moral, menoscabando gravemente su integridad moral, quedando fuera de la represión penal las conductas meramente impropias, como es lo que sucede en el presente caso", indica la Fiscalía.
Las conductas recogidas en la denuncia consisten en expresiones referidas de manera individual a distintas alumnas, sin que conste que tales expresiones y conductas fueran reiteradas respecto de cada una de aquellas; "pueden ser calificadas como inadecuadas, improcedentes, fuera de lugar y reprochables moralmente, sobre todo de quien se dedica a enseñar y a quien se le exige una cierta responsabilidad social vinculada a transmitir unos valores éticos, pero no todo trato degradante será punible, sino sólo los más lesivos", explica.
"La escasa entidad de los hechos, el marco en que se producen y el tiempo transcurrido no han permitido obtener los elementos precisos para interponer una denuncia por un delito contra la integridad moral. No obstante, ha de señalarse el perjuicio y daño que pueden causar estos comportamientos entre el alumnado. Esta situación de vulnerabilidad y de asimetría debe ser conocida por quien tiene la autoridad para restablecer el equilibrio y evitar que se produzcan estas situaciones, cuanto menos desafortunadas, impropias, inadecuadas y gratuitas, las cuales podrían, en su caso, corregirse en vía disciplinaria mediante la continuación de la tramitación del Expediente Disciplinario incoado", dice la Fiscalía.
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