MADRID, 15 (SERVIMEDIA)
El Consejo de Ministros aprobó este martes mediante un Real Decreto el Estatuto de los Consumidores Electrointensivos, que dota a determinadas empresas industriales, en concreto a aquellas para las que el coste del suministro eléctrico resulta especialmente crítico, de un marco jurídico y económico que proporciona seguridad y certidumbre de los costes energéticos y mejora su competitividad internacional.
Este Estatuto va a beneficiar a 612 empresas de más de 60 actividades industriales y unos 300.000 trabajadores.
Junto con las Ayudas compensatorias por costes de emisiones indirectas de CO2 y el Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas, el Estatuto supondrá un nuevo marco legal al servicio de la gran industria.
Los objetivos principales del Estatuto son dotar a los consumidores electrointensivos de un marco jurídico y económico para el suministro eléctrico que les ayude a mitigar los efectos adversos de sus altos costes energéticos, conforme a la normativa comunitaria; y potenciar la competitividad de la industria, el crecimiento económico y el mantenimiento y generación de empleo de calidad.
Para ello, impone obligaciones y compromisos a las empresas en los ámbitos de eficiencia energética, I+D+i y sustitución de fuentes contaminantes, que los consumidores electrointensivos habrán de asumir para optar a los mecanismos destinados a la reducción de los costes energéticos.
Destaca también la obligatoriedad de mantener la actividad productiva durante un periodo de al menos tres años, a partir de la fecha de concesión de las ayudas.
Para obtener la condición de consumidor electrointensivo, el consumo energético anual de la empresa deberá haber sido superior a 1 gigavatio hora (GWh) durante dos de los tres años anteriores, y el consumo en las horas correspondientes al periodo tarifario valle (el más barato) debe ser de al menos el 50% de la energía total consumida.
Entre esos mecanismos de apoyo destinados a reducir los costes energéticos figuran un mecanismo de compensación de ciertos cargos repercutidos en los costes de la electricidad hasta un máximo del 85% de los costes imputables en los cargos por la financiación de los costes de energías renovables, los costes de cogeneración de alta eficiencia y el extracoste correspondiente a los territorios no peninsulares (TNP).
La compensación de los TNP considerada es sólo la parte financiada con cargo al sistema eléctrico (50% del total), el otro 50% de la financiación va con cargo a los Presupuestos Generales del Estado (PGE).
También se recoge el mecanismo de cobertura de riesgos derivados de la adquisición de energía eléctrica a medio y largo plazo por consumidores electrointensivos, a través del Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas (Ferfei).
Este mecanismo fomenta la contratación a largo plazo de energía eléctrica de estos consumidores, ya sea directamente o a través de un intermediario, producida por instalaciones de generación de energía eléctrica, y en particular procedente de instalaciones de generación renovable, mediante mecanismos de cobertura de las garantías que tienen que prestar los consumidores para la firma de dichos contratos a través de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (Cesce).
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