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Los inversores comunitarios también precisarán el plácet del Gobierno para entrar en empresas estratégicas si su inversión supera los 500 millones

Agencias
martes, 17 de noviembre de 2020, 19:47 h (CET)

MADRID, 17 (SERVIMEDIA)


El Gobierno ha ampliado la ‘golden share’ o protección sobre empresas estratégicas, extendiendo a los inversores de la Unión Europea la exigencia de tener que lograr antes su autorización si desean desembarcar en su capital y siempre que la inversión supere los 500 millones de euros, esté la sociedad cotizando o no en los mercados.


El régimen de autorización previa estará vigente además hasta el próximo 30 de junio para todos los inversores foráneos de acuerdo a una medida incluida en el macrodecreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros para "aclarar" algunos aspectos de la regulación previa, según detalló en la rueda de prensa la vicepresidenta del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño.


Esta especie de 'golden share' fue aprobada por el Gobierno el 18 de marzo pasado dentro de un macropaquete de medidas económicas y sociales desplegado para proteger a compañías, familias, autónomos y trabajadores frente al impacto económico ocasionado con la situación excepcional provocada por el coronavirus.


Su activación estaba prevista mientras dure la crisis de la pandemia y el Gobierno la justificó por motivos de “seguridad pública, orden público y salud pública”, en los principales sectores estratégicos y ante la vulnerabilidad frente a las OPA hostiles que pueden presentar dada su baja valoración bursátil.


Entonces se exigió dicho permiso para la toma de participaciones en empresas españolas estratégicas que alcancen o superen el 10% por parte de inversores particulares y fondos soberanos de fuera de la UE o en aquellas otras que buscasen controlarlas con el objetivo final de proteger a las compañías tras la fuerte debacle de su capitalización por culpa de la crisis del coronavirus. Entre los inversores a los que aplicaba la medida incluyó también a empresas públicas, además de a los fondos soberanos, pero de fuera de la UE.


Ahora el Gobierno amplía el colectivo al establecer que el plácet deberán solicitarse también para las inversiones extranjeras directas realizadas por residentes de otros países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio en sociedades cotizadas en España o en sociedades no cotizadas si la inversión es superior a 500 millones de euros.


CÓMO SE ARTICULA


Jurídicamente esta demanda quedó ya establecida en el anterior real decreto que se instrumenta mediante una “suspensión del régimen de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas en España” y obligará a dichos inversores a comunicar su intención de entrar en el capital o reforzarse, exponiéndose a sanciones y a que se anule la operación de no cumplir este nuevo requisito.


A efectos de la protección inversora o la ‘golden share’ el Gobierno considera por ley como estratégicas a las empresas que cubren infraestructuras críticas, ya sean físicas o virtuales y los terrenos y bienes que utilizan para su actividad.


Entre ellas figuran las infraestructuras de energía, transporte, agua, sanidad, comunicaciones, medios de comunicación, tratamiento o almacenamiento de datos, aeroespacial, de defensa, electoral o financiera, y las instalaciones sensibles.


También incluye las tecnologías críticas y productos de doble uso que incluyen a empresas de inteligencia artificial, la robótica, los semiconductores, la ciberseguridad, las tecnologías aeroespaciales, de defensa, de almacenamiento de energía, cuántica y nuclear, así como las nanotecnologías y biotecnologías.


El Gobierno se reserva además la posibilidad de aplicar esta nueva regla a inversiones en otras compañías no incluidas en el listado cuando “puedan afectar a la seguridad pública, orden público y salud pública”.


El inversor interesado deberá comunicar sus pretensiones para recibir la correspondiente autorización oficial. Sin ella carecerá de validez, hasta recibir el permiso, y si no realiza el trámite oportuno será considerado una infracción “muy grave”.


Corresponderá a la Secretaría de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias incoar el correspondiente expediente sancionador y aprobar la sanción al Consejo de Ministros, a propuesta del titular del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.


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