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La Audiencia de Sevillla condena a tres años al exdirector de Faffe por contratación "ilegal" de un exalcalde de Lebrija

Agencias
miércoles, 30 de abril de 2025, 09:45 h (CET)

La Audiencia de Sevillla condena a tres años al exdirector de Faffe por contratación

El tribunal impone al exregidor de Lebrija una pena de dos años y tres meses de prisión y asevera que "no acudía a la sede de la fundación ni desempeñaba trabajo alguno"

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a tres años y seis meses de cárcel al ex director general técnico de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) Fernando V.R. por la contratación "ilegal" y "absolutamente irregular" en dicha fundación del exalcalde de Lebrija (Sevilla) Antonio T.G. "por su sola voluntad, amistad y afinidad política", de manera que éste último percibió un total de 359.973 euros tras ser contratado en la Faffe pese a que "no acudía a la sede de la Fundación ni desempeñaba trabajo alguno".

En la sentencia notificada este miércoles a las partes personadas en este procedimiento, el tribunal condena al ex director general técnico de la extinta Faffe a tres años y seis meses de prisión y seis años de inhabilitación absoluta como autor de un delito de malversación de caudales públicos, así como a siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación, concurriendo en ambos delitos la atenuante simple de dilaciones indebidas.

Asimismo, la Sección Tercera condena al exprimer edil a dos años y tres meses de cárcel y cuatro años de inhabilitación absoluta como cooperador necesario de un delito de malversación, y a cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación, concurriendo igualmente en los dos delitos la atenuante simple de dilaciones indebidas.

Además, los dos condenados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la Junta de Andalucía en la cantidad de 359.973 euros, que fue la cantidad percibida por el ex alcalde desde su contratación hasta la extinción de la Faffe y una vez incorporado al Servicio Andaluz de Empleo (SAE), según establece la sentencia, que no es firme y contra la que cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

((HABRÁ AMPLIACIÓN))

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