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Entidades del sector asegurador y de la discapacidad piden que las indemnizaciones por accidentes de tráfico no tributen

Agencias
lunes, 17 de enero de 2022, 12:55 h (CET)

Entidades del sector asegurador y de la discapacidad piden que las indemnizaciones por accidentes de tráfico no tributen

La Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa), el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) y el Consejo para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD) han defendido que las indemnizaciones por accidentes de tráfico sigan exentas de tributación en su totalidad.

Así lo han indicado tras conocerse que el anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal contiene una disposición final segunda que prevé que las víctimas de accidentes de tráfico tributen por las indemnizaciones recibidas si las compensaciones se cobran mediante un acuerdo amistoso.

La Asociación Nacional Abogados de Víctimas de Accidentes y Responsabilidad Civil (ANAVA-RC) alertó la semana pasada de que el Gobierno pretendía "recaudar impuestos con las indemnizaciones" de las víctimas de siniestros viales. Tras esta queja, fuentes del departamento dirigido por la ministra Pilar Llop indicaron a Europa Press su disposición a estudiar la modificación del anteproyecto siempre con el objetivo de garantizar el apoyo a las víctimas. "Para nosotros es necesaria y obligada la reparación y en eso estamos trabajando", advirtieron esas fuentes.

En este sentido, las organizaciones del sector asegurador y de las personas con discapacidad han informado de que han remitido al Ministerio de Justicia una propuesta conjunta de nueva redacción de la Disposición final segunda del anteproyecto "para que el perjuicio patrimonial por accidente de tráfico siga exento de tributación". "Esta redacción alternativa busca solventar la problemática surgida a raíz del criterio de Hacienda", han añadido.

El Cermi y Unespa han apuntado que los perjuicios de carácter patrimonial --como son el lucro cesante, la necesidad de ayuda de tercera persona o los vinculados a prótesis, rehabilitación futura, adecuación de vivienda o incremento de los gastos de movilidad-- "suponen un elevadísimo montante en las cuantías totales de las indemnizaciones de lesionados graves por accidentes de circulación".

Igualmente, han añadido que sucede lo mismo en el caso del lucro cesante de perjudicados por el fallecimiento de la víctima o de los gastos emergentes relacionados con su fallecimiento. "De mantenerse el criterio de Hacienda se quebraría el principio de reparación integra de las víctimas dado que una parte de la indemnización se destinaría al pago de impuestos", han alertado.

El Consejo para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD) también se ha sumado las voces que han manifestado su malestar con la posibilidad de gravar las indemnizaciones por accidentes de tráfico que sean recibidas tras un acuerdo amistoso, "puesto que atentaría directamente contra los derechos de las personas con discapacidad y/o en situación de dependencia".

"La medida resulta incomprensible a nuestro entender, dado que los pagos recibidos por las víctimas no pueden ser consideradas como un incremento patrimonial, sino una compensación económica para que queden resarcidas tras los daños sufridos y, dentro de lo posible, recuperen una situación similar a la que tenían antes del accidente, tal y como se expresa en la Ley del Baremo de 2015", ha explicado el Consejo, que pide al Gobierno que "recapacite y de marcha atrás" en esta modificación legislativa.

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