Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Portada
Etiquetas

Los principios

Isaías Lafuente
viernes, 20 de diciembre de 2019, 08:01 h (CET)

MADRID, 19 (OTR/PRESS) El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que Oriol Junqueras tendría que haber sido reconocido como eurodiputado tras la proclamación oficial de los resultados electorales, momento desde el que, como parlamentario, goza ya de inmunidad. Y entienden por ello que el Tribunal Supremo debería haberle permitido tomar posesión de su acta y haber pedido después, en todo caso, la suspensión de esa inmunidad. Como siempre, la lentitud de las decisiones judiciales produce situaciones paradójicas. Porque su tajante resolución hace referencia a una situación ya superada, dado que Junqueras ya no está en situación de prisión provisional sino encarcelado tras una condena por sentencia firme.

No obstante, la sentencia es un duro varapalo a la actuación del Tribunal Supremo. Porque la decisión no se sustenta en ningún recoveco legal ni en una interpretación generosa de algún oscuro principio, sino en normas diáfanas que deberían ser conocidas por los magistrados de tan alto tribunal. Y siendo grave que no las conocieran, más grave sería que conociéndolas los obviaran. Otra cosa será qué consecuencias concretas tendrá en la situación de Junqueras una vez que ya ha sido condenado y no está en prisión provisional. Aunque desde su partido se reclama incluso la nulidad de todo el proceso penal, parece improbable que eso vaya a producirse.

Pero no sería serio pasar página sin, al menos, hacer una profunda reflexión sobre la actuación de nuestros tribunales en decisiones importantes que afectan a derechos fundamentales y que trascienden el ámbito nacional. Y quizás la Unión Europea, también nuestro país, debería plantearse ampliar las causas de inelegibilidad de los parlamentarios. Porque parece paradójico que quien está sometido a un proceso penal por, presuntamente, haber cometido delitos que vulneran las leyes pueda ser candidato a entrar en la institución que tiene que hacerlas. Si dignos jueces y militares, por ejemplo, no pueden por su condición concurrir a las elecciones por mandato constitucional resulta un contradiós que puedan hacerlo presuntos delincuentes.

Noticias relacionadas

El Juzgado Contencioso-Administrativo de Pontevedra ha anulado una factura de 15.600 € que pretendía cobrar la Distribuidora del grupo Naturgy alegando un “fraude eléctrico” que no ha podido demostrar en el juicio. En sentencia firme, UFD Distribución contra el recurso presentado ante la Resolución de la Xunta de Galicia, que daba la razón al titular del contrato de suministro y consideraba nula la refacturación practicada por alegar un ‘fraude eléctrico’ en el contador de electricidad.

Sí, me refiero a ti. A ese que de vez en cuando va a recoger a sus nietos al cole. A esos que están sentados en un banco de un jardín e incluso a los que están echando una partidita de dominó, esperando matar al contrario esos seis dobles que están a la expectativa, mirando de reojo al rival para que no le asesinen esa ficha adversa que todos no sabemos dónde meter cuando nos hunde la suerte en el reparto de fichas. A

La Asociación Mundial de Atletismo (World Athletics) publicó este jueves las conclusiones de un estudio realizado durante los Juegos Olímpicos de Paris 2024 con el objetivo de identificar y proteger a los atletas de los mensajes abusivos enviados a través de las plataformas de las redes sociales, siendo el racismo, con un 18%, y el abuso sexualizado (30%) los principales problemas.
 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© 2025 Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris
© 2025 Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto