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Acusa directamente a los pilotos que fallecieron

Archivada la causa penal por el accidente de Spanair

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La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido archivar la causa penal abierta contra los dos técnicos de mantenimiento que estaban imputados por el accidente de Spanair, que tuvo lugar el 20 de agosto de 2008 en el aeropuerto madrileño de Barajas y que provocó la muerte de 154 personas.

Los magistrados de la Sección Decimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid han concluido que la actuación de los dos técnicos que estaban imputados, Felipe García Rodríguez y José Antonio Viñuela Chaves, aunque imprudente, no fue la causa del accidente, según se recoge en el auto dictado este miércoles.

El tribunal, por lo tanto, ha estimado los recursos presentados por los técnicos y por la representación procesal de Spanair y ha decretado el archivo de la investigación y el sobreseimiento de la causa.

A estos técnicos se les imputaban 154 delitos de homicidio imprudente y 18 delitos de lesiones imprudentes. Además, las actuaciones ahora archivadas se dirigían contra las entidades mercantiles Spanair y Mapfre Global Risks Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros como presuntos responsables civiles.

Los magistrados consideran que no se dan “las condiciones de imputación” ya que “los hechos atribuidos a los técnicos de mantenimiento carecen de entidad”.

El principal argumento del tribunal para archivar el caso es que la imprudencia de los técnicos a la hora de revisar e investigar las causas del fallo no fue determinante en el posterior accidente.

“No hay indicios racionales de que la desconexión de la alimentación del calefactor averiado afectase al sistema, generando un riesgo que contribuyese al resultado”, señala el auto.

El tribunal señala además que tampoco hay pruebas de que la investigación por parte de los técnicos de las causas “del calentamiento indebido de la sonda hubiese evitado, con un grado de probabilidad rayano en la certeza, el fallo del mencionado sistema de alarma”.

La Sala revoca de esta forma el auto dictado el 12 de diciembre de 2011 por el instructor del caso, el titular del Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid, en el que se denegaba el archivo de la investigación.

También desestima llevar a cabo nuevas imputaciones de responsables de Spanair y del aeropuerto de Barajas tal y como solicitaba la asociación de víctimas del accidente.

Archivada la causa penal por el accidente de Spanair

Acusa directamente a los pilotos que fallecieron
Redacción
miércoles, 19 de septiembre de 2012, 12:47 h (CET)
La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido archivar la causa penal abierta contra los dos técnicos de mantenimiento que estaban imputados por el accidente de Spanair, que tuvo lugar el 20 de agosto de 2008 en el aeropuerto madrileño de Barajas y que provocó la muerte de 154 personas.

Los magistrados de la Sección Decimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid han concluido que la actuación de los dos técnicos que estaban imputados, Felipe García Rodríguez y José Antonio Viñuela Chaves, aunque imprudente, no fue la causa del accidente, según se recoge en el auto dictado este miércoles.

El tribunal, por lo tanto, ha estimado los recursos presentados por los técnicos y por la representación procesal de Spanair y ha decretado el archivo de la investigación y el sobreseimiento de la causa.

A estos técnicos se les imputaban 154 delitos de homicidio imprudente y 18 delitos de lesiones imprudentes. Además, las actuaciones ahora archivadas se dirigían contra las entidades mercantiles Spanair y Mapfre Global Risks Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros como presuntos responsables civiles.

Los magistrados consideran que no se dan “las condiciones de imputación” ya que “los hechos atribuidos a los técnicos de mantenimiento carecen de entidad”.

El principal argumento del tribunal para archivar el caso es que la imprudencia de los técnicos a la hora de revisar e investigar las causas del fallo no fue determinante en el posterior accidente.

“No hay indicios racionales de que la desconexión de la alimentación del calefactor averiado afectase al sistema, generando un riesgo que contribuyese al resultado”, señala el auto.

El tribunal señala además que tampoco hay pruebas de que la investigación por parte de los técnicos de las causas “del calentamiento indebido de la sonda hubiese evitado, con un grado de probabilidad rayano en la certeza, el fallo del mencionado sistema de alarma”.

La Sala revoca de esta forma el auto dictado el 12 de diciembre de 2011 por el instructor del caso, el titular del Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid, en el que se denegaba el archivo de la investigación.

También desestima llevar a cabo nuevas imputaciones de responsables de Spanair y del aeropuerto de Barajas tal y como solicitaba la asociación de víctimas del accidente.

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