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Ante casos tan delicados, lo más aconsejable es dejarse guiar por un profesional con experiencia en el sector

El delito de agresión sexual en el Código Penal

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La libertad sexual y la intimidad personal son derechos básicos constitucionales y, como tales, no pueden ser vulnerados en ningún caso. En esta materia, el consentimiento y la voluntad de las personas que participan en el acto sexual son cruciales para determinar si ha habido una agresión sexual. En un caso tan delicado como un delito de esta índole, es de especial importancia contar con un equipo de Especialistas en defensa penal, como es el caso de Rinber Abogados.


Definición de agresión sexual según el Código Penal


Según el artículo 178.1 del Código Penal, se considera agresión sexual cualquier acto que atente contra la libertad sexual de una persona sin su consentimiento.


Para que exista dicho consentimiento, es necesario que se manifieste claramente la voluntad de la persona mediante sus actos. También se considera agresión sexual cuando se utiliza la violencia, la intimidación o una posición de superioridad para cometer el acto.


De igual forma, también se contempla como delito cuando se aprovecha un estado de vulnerabilidad o anulación de la voluntad de la víctima.


Circunstancias agravantes en la agresión sexual


Existen circunstancias que pueden aumentan la responsabilidad penal y que, por tanto, amplían también el plazo de castigo que se aplica:

  • Agresión múltiple.
  • Uso de violencia extrema y actos vejatorios.
  • Utilización de armas u objetos peligrosos que puedan causar lesiones o la muerte.
  • Empleo de fármacos, drogas o cualquier sustancia natural que pueda modificar la voluntad de la persona.
  • Cuando se trata de una víctima especialmente vulnerable por edad, discapacidad o enfermedad.
  • Si la víctima ha tenido alguna relación afectiva con el atacante, aunque no haya existido convivencia.
  • Si el atacante tiene algún parentesco con la víctima y ha usado esta ventaja de superioridad o cualquier otra para cometer el acto


Penas aplicables por agresión sexual


En los artículos 178,179 y 180 del Código Penal se establecen los diferentes tipos de penas en función del tipo de agresión sexual cometida.


De 1 a 4 años de prisión si se atenta contra la libertad sexual de una persona mediante un acto sin su consentimiento. Esta pena puede aumentar de 2 a 8 años en el caso de que concurra alguna de las circunstancias agravantes que se reflejan en el artículo 180.1 CP y de 5 a 8 años si fuera más de una.


De 1 a 5 años de prisión cuando se emplee la violencia, la intimidación para realizar el acto o este se realice con la voluntad anulada de la víctima. La pena puede aumentar hasta los 10 años en el caso de incurrir en una o más de una circunstancia agravante.


De 4 a 12 años de prisión si existe algún tipo de introducción, ya sea de miembros u objetos por vía oral, vaginal o anal, es decir, si ha habido una violación. Las circunstancias agravantes pueden ampliar la pena en 15 años de prisión.



Estos son los datos básicos sobre el delito de agresión sexual según el Código Penal, no obstante, lo más aconsejable es dejarse guiar por un profesional con experiencia en el sector, como es el caso de Rinber Abogados, considerados los mejores abogados de España en materia de delitos de agresión sexual.

El delito de agresión sexual en el Código Penal

Ante casos tan delicados, lo más aconsejable es dejarse guiar por un profesional con experiencia en el sector
Redacción
lunes, 2 de octubre de 2023, 10:28 h (CET)

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La libertad sexual y la intimidad personal son derechos básicos constitucionales y, como tales, no pueden ser vulnerados en ningún caso. En esta materia, el consentimiento y la voluntad de las personas que participan en el acto sexual son cruciales para determinar si ha habido una agresión sexual. En un caso tan delicado como un delito de esta índole, es de especial importancia contar con un equipo de Especialistas en defensa penal, como es el caso de Rinber Abogados.


Definición de agresión sexual según el Código Penal


Según el artículo 178.1 del Código Penal, se considera agresión sexual cualquier acto que atente contra la libertad sexual de una persona sin su consentimiento.


Para que exista dicho consentimiento, es necesario que se manifieste claramente la voluntad de la persona mediante sus actos. También se considera agresión sexual cuando se utiliza la violencia, la intimidación o una posición de superioridad para cometer el acto.


De igual forma, también se contempla como delito cuando se aprovecha un estado de vulnerabilidad o anulación de la voluntad de la víctima.


Circunstancias agravantes en la agresión sexual


Existen circunstancias que pueden aumentan la responsabilidad penal y que, por tanto, amplían también el plazo de castigo que se aplica:

  • Agresión múltiple.
  • Uso de violencia extrema y actos vejatorios.
  • Utilización de armas u objetos peligrosos que puedan causar lesiones o la muerte.
  • Empleo de fármacos, drogas o cualquier sustancia natural que pueda modificar la voluntad de la persona.
  • Cuando se trata de una víctima especialmente vulnerable por edad, discapacidad o enfermedad.
  • Si la víctima ha tenido alguna relación afectiva con el atacante, aunque no haya existido convivencia.
  • Si el atacante tiene algún parentesco con la víctima y ha usado esta ventaja de superioridad o cualquier otra para cometer el acto


Penas aplicables por agresión sexual


En los artículos 178,179 y 180 del Código Penal se establecen los diferentes tipos de penas en función del tipo de agresión sexual cometida.


De 1 a 4 años de prisión si se atenta contra la libertad sexual de una persona mediante un acto sin su consentimiento. Esta pena puede aumentar de 2 a 8 años en el caso de que concurra alguna de las circunstancias agravantes que se reflejan en el artículo 180.1 CP y de 5 a 8 años si fuera más de una.


De 1 a 5 años de prisión cuando se emplee la violencia, la intimidación para realizar el acto o este se realice con la voluntad anulada de la víctima. La pena puede aumentar hasta los 10 años en el caso de incurrir en una o más de una circunstancia agravante.


De 4 a 12 años de prisión si existe algún tipo de introducción, ya sea de miembros u objetos por vía oral, vaginal o anal, es decir, si ha habido una violación. Las circunstancias agravantes pueden ampliar la pena en 15 años de prisión.



Estos son los datos básicos sobre el delito de agresión sexual según el Código Penal, no obstante, lo más aconsejable es dejarse guiar por un profesional con experiencia en el sector, como es el caso de Rinber Abogados, considerados los mejores abogados de España en materia de delitos de agresión sexual.

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