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​Reina consorte por deseo real

El término se refiere a la esposa de un monarca reinante
María del Carmen Portugal Bueno
martes, 13 de septiembre de 2022, 12:41 h (CET)

En el primer discurso de Carlos III como rey, este confirmó que el título de su esposa, de ahora en adelante, sea el de reina consorte: «En reconocimiento a su leal servicio público desde nuestro matrimonio desde hace diecisiete años, se convierte en reina consorte».


Este honor ha sido motivado gracias al deseo público que la reina Isabel II expresó en el mes de febrero de 2022 con motivo de sus setenta años en el trono: «Y cuando, en la plenitud de los tiempos, mi hijo Carlos se convierta en Rey, sé que le brindarán a él y a su esposa Camilla el mismo apoyo que me han brindado a mí; y es mi sincero deseo que, cuando llegue ese momento, Camilla sea conocida como Reina Consorte mientras continúa su propio servicio leal».


Con estas palabras, Isabel II zanjaba una cuestión que se planteó en el año 2005, cuando Carlos y Camilla contrajeron matrimonio. Un enlace que provocó numerosas informaciones sobre los títulos de Camilla Parker y que en ese momento se cerraron con la renuncia del título de Princesa de Gales y con la adquisición del título de princesa consorte en el caso de que su esposo se convirtiera en monarca.


Como dice el refrán, «El tiempo, siempre borrando y siempre escribiendo», y por el transcurso de los años, y por deseo real, Camilla Parker es oficialmente reina consorte desde el 9 de septiembre de 2022.


El término reina consorte se refiere a la esposa de un monarca reinante. Esta distinción es un honor que no conlleva consigo la autoridad política y militar de aquel que gobierna como tal por derecho propio.


En la monarquía británica este honor es una prerrogativa real. En el caso de la monarquía española, la figura de reina consorte o consorte de la reina está recogida en la Constitución, concretamente en su artículo 58, en donde se aclara que no podrá «asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia».


Sobre este asunto en España también tenemos el Real Decreto 1368/1987, «La consorte del Rey de España, mientras lo sea o permanezca viuda, recibirá la denominación de Reina y tratamiento de Majestad», señala el artículo 1.2.

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