Entre las novedades más destacadas: Las aseguradoras tienen la obligación de hacer una oferta motivada en un plazo máximo de 3 meses desde la reclamación. El acceso a atestados policiales y documentación médica será más sencillo y rápido. Se refuerzan los informes periciales médicos como base objetiva para las ofertas de indemnización. Se facilita la resolución extrajudicial, reduciendo la necesidad de acudir a los tribunales. El Consorcio de Compensación de Seguros gana protagonismo En caso de que el vehículo responsable del accidente no tenga seguro, haya sido robado o pertenezca a una aseguradora insolvente, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien se haga cargo de las indemnizaciones, incluidas aquellas causadas por vehículos extranjeros en territorio español. Esto supone un refuerzo importante en la protección de las víctimas, asegurando una respuesta rápida y garantizada incluso en situaciones complejas. La nueva ley mejora la seguridad jurídica, eleva el nivel de protección de las víctimas y adapta el sistema español a los nuevos retos de movilidad urbana y responsabilidad civil.