Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Opinión
Etiquetas | Política | Ministerios | boe
El 18 de febrero, el BOE publica el Real Decreto 372/2020 y el 373/2020

Los órganos superiores y su precedencia de los nuevos ministerios

|

En estos días se aprecia mucha actividad en torno al protocolo del Gobierno de España. En la última semana se han aprobado por Real Decreto la estructura orgánica básica de tres ministerios, el de Política Territorial y Función Pública, el de Defensa y el de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

En el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 12 de febrero se publicó el Real Decreto 307/2020 que establece los órganos superiores y directivos del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, así como la precedencia entre ellos. Concretamente son la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, la Secretaría general de Coordinación Territorial, la Secretaría General de Función Pública y la Subsecretaría de Política Territorial y Función Pública. Las dos secretarías generales dependen directamente de la Secretaría de Estado, y se les otorga el rango de subsecretaría.

El 18 de febrero, el BOE publica el Real Decreto 372/2020 y el 373/2020 en referencia a la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa y del Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, respectivamente.

El Ministerio de Defensa se estructura en los siguientes órganos y con la indicada precedencia: Fuerzas Armadas, Secretaría de Estado de Defensa, Subsecretaría de Defensa y Secretaría General de Política de Defensa.

Las Fuerzas Armadas cuentan con la representación del Jefe de Estado Mayor de Defensa (JEMAD) quien ostenta rango de secretario de Estado.

Además, el RD 372/2020 añade, en su disposición adicional primera, el orden de precedencias de sus autoridades superiores a cumplir en los actos de carácter especial y de acuerdo con el Real Decreto 2099/1983. Los cargos y su precedencia son los siguientes: persona titular del Ministerio de Defensa, jefe de Estado Mayor de la Defensa, persona titular de la Secretaría de Estado de Defensa, persona titular de la Subsecretaría de Defensa, jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, jefe de Estado Mayor de la Armada, jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y persona titular de la Secretaría General de Política de Defensa.

En referencia a la estructura del Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, hay que decir que se divide en dos secretarías de Estado, la de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales y la de Memoria Democrática. Y a estas dos, hay que sumar la Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

En resumen, estos son los órganos superiores de los tres ministerios citados y de los cuales dependen otra serie de organismos con carácter de direcciones generales, rangos contemplados también en la normativa del ordenamiento general de precedencias en el Estado del 83.

Los órganos superiores y su precedencia de los nuevos ministerios

El 18 de febrero, el BOE publica el Real Decreto 372/2020 y el 373/2020
María del Carmen Portugal Bueno
martes, 25 de febrero de 2020, 10:06 h (CET)

En estos días se aprecia mucha actividad en torno al protocolo del Gobierno de España. En la última semana se han aprobado por Real Decreto la estructura orgánica básica de tres ministerios, el de Política Territorial y Función Pública, el de Defensa y el de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

En el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 12 de febrero se publicó el Real Decreto 307/2020 que establece los órganos superiores y directivos del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, así como la precedencia entre ellos. Concretamente son la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, la Secretaría general de Coordinación Territorial, la Secretaría General de Función Pública y la Subsecretaría de Política Territorial y Función Pública. Las dos secretarías generales dependen directamente de la Secretaría de Estado, y se les otorga el rango de subsecretaría.

El 18 de febrero, el BOE publica el Real Decreto 372/2020 y el 373/2020 en referencia a la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa y del Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, respectivamente.

El Ministerio de Defensa se estructura en los siguientes órganos y con la indicada precedencia: Fuerzas Armadas, Secretaría de Estado de Defensa, Subsecretaría de Defensa y Secretaría General de Política de Defensa.

Las Fuerzas Armadas cuentan con la representación del Jefe de Estado Mayor de Defensa (JEMAD) quien ostenta rango de secretario de Estado.

Además, el RD 372/2020 añade, en su disposición adicional primera, el orden de precedencias de sus autoridades superiores a cumplir en los actos de carácter especial y de acuerdo con el Real Decreto 2099/1983. Los cargos y su precedencia son los siguientes: persona titular del Ministerio de Defensa, jefe de Estado Mayor de la Defensa, persona titular de la Secretaría de Estado de Defensa, persona titular de la Subsecretaría de Defensa, jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, jefe de Estado Mayor de la Armada, jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y persona titular de la Secretaría General de Política de Defensa.

En referencia a la estructura del Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, hay que decir que se divide en dos secretarías de Estado, la de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales y la de Memoria Democrática. Y a estas dos, hay que sumar la Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

En resumen, estos son los órganos superiores de los tres ministerios citados y de los cuales dependen otra serie de organismos con carácter de direcciones generales, rangos contemplados también en la normativa del ordenamiento general de precedencias en el Estado del 83.

Noticias relacionadas

La libertad de expresión es un derecho fundamental que abarca las libertades de opinión, información y prensa, es esencial para ejercer otros derechos humanos y participar activamente en una sociedad libre y democrática, pero lo mismo en España que toda Europa, este derecho se enfrenta a desafíos y tensiones debido a la censura y a las restricciones.

Tras conocer por la prensa que un juzgado ha abierto diligencias de investigación por una denuncia contra su esposa, el presidente del Gobierno ha publicado una carta abierta dirigida a la ciudadanía en el antiguo Twitter, en la que afirma que: "Vive con impotencia el fango que se esparce sobre su mujer", y se pregunta si debe continuar o renunciar, motivo por el cual cancela su agenda, y se da de plazo hasta el próximo lunes, para meditar su futuro.

Pedro Sánchez habría dado por amortizada la actual legislatura y, con un golpe de efecto, anunciará presumiblemente el 29 de abril el adelanto de las Elecciones Generales para el próximo otoño, con la esperanza de renacer cual Ave Fénix y obtener unos resultados que le permitan conformar un Gobierno en solitario tras fagocitar los restos del naufragio de la efímera candidatura unitaria de izquierdas Sumar y con apoyos externos de los grupos nacionalistas periféricos.

 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris
© Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto