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Etiquetas | BATASUNA | Otegui

El Constitucional rechaza liberar a Otegui mientras se resuelve el recurso

Condenado por intentar reconstuir en mayo de 2012 la ilegalizada Batasuna
Redacción
martes, 4 de junio de 2013, 09:40 h (CET)
El Tribunal Constitucional ha rechazado suspender la condena impuesta al ex portavoz de Batasuna Arnaldo Otegi y al que que fuera secretario general del sindicato LAB Rafael Díez Usabiaga mientras se tramitan sus recursos de amparo contra la sentencia del Tribunal Supremo que les condenó en mayo de 2012 por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna a través del denominado 'proyecto Bateragune'.

La decisión adoptada por la Sala Primera del tribunal de garantías con el informe a favor de la Fiscalía vita la excarcelación de los recurrentes, que fueron condenados por esta causa a seis años y medio de prisión por pertenencia a ETA. La resolución se notificará a lo largo de este martes, han informado a Europa Press en fuentes del tribunal de garantías.

El fiscal, y al parecer este es el criterio que ha adoptado la Sala, defendía denegar la suspensión de la condena por la "trascendencia social" de los delitos por los que fueron condenados y también por ser la prisiones impuestas "superiores en más de un año a la pena fornteriza de 5 años, lo que les sitúa fuera de los beneficios" de la medida solicitada.

Los recurrentes son Arnaldo Otegi, y los también condenados por "Bateragune" Miren Zabaleta, Arkaiz Rodríguez Torres y Sonia Jacinto García, de una parte, y en un segundo recurso de amparo el sindicalista Rafael Díez de Usabiaga.

Otegi permanece en prisión desde octubre de 2009 y Diez Usabiaga también se encuentra actualmente en la cárcel, aunque logró un permiso para asistir a su madre que le concedió el juez Baltasar Garzón en abril de 2010 y no volvió a un centro penitenciario hasta noviembre de 2011.

En mayo del pasado año, el Tribunal Supremo rebajo de 10 a 6 años y medio la pena impuesta a Otegi y Díez Usabiaga por el delito de pertenencia a organización terrorista que les había puesto previamente la Audiencia Nacional, al considerar que no deberían haber sido condenados en grado de dirigentes.

Por otra parte, la Sala también redujo de ocho a seis años de cárcel la condena al resto de los acusados en la causa de 'Bateragune' Miren Zabaleta, la extesorera del PCTV Sonia Jacinto y el exresponsable de Haika en Alava Arkaitz Rodríguez.

Discrepancias en el Supremo
El magistrado del alto tribunal Miguel Colmenero, que fue designado inicialmente como ponente de la resolución, fue sustituido por el presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, tras no lograr recabar los apoyos suficientes para sacar adelante su postura, relativa a la devolución de la causa a la Audiencia Nacional por considerar que el tribunal que juzgó el caso no fue imparcial.

Otro magistrado, del Supremo, Alberto Jorge Barreiro, defendió en un segundo voto particular discrepante la absolución de los condenados por haber sido vulnerado su derecho fundamental a la presunción de inocencia.

La mayoría de magistrados del alto tribunal, sin embargo, consideró acreditado que ETA elaboró entre 2007 y 2008 diversos documentos que determinaban su decisión de hacer primar "externamente y a efectos puramente estratégicos la línea política sobre la lucha armada" y utilizaba a la izquierda abertzale como brazo político.

Los acusados habrían desplegado sus actividades políticas siguiendo en verdad los postulados terroristas, dentro de la mecánica de "desdoblamiento" marcada por ETA.

No obstante, el propio Supremo expuso en su sentencia dudas sobre la imparcialidad de la presidenta del tribunal que juzgó los hechos en la Audiencia Nacional, Ángela Murillo, por preguntar al exportavoz de Batasuna si condenaba la violencia de ETA. Tras el silencio del acusado, la juez replicó: "Ya sabía yo que no me iba a contestar a esta pregunta".

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