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El de Talleres López Gallego

El Supremo anula por primera vez un ERE tras la reforma laboral

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La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha anulado por primera vez un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) aplicado conforme a la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy al concluir que la dirección de la empresa no justificó documentalmente el descenso en la facturación para despedir a sus 28 trabajadores.

Los hechos se remontan al 21 de febrero de 2012, cuando la empresa Talleres López Gallego comunicó a los delegados de los trabajadores la apertura de un periodo de consultas para extinguir los contratos de sus 28 empleados. La dirección presentó la documentación correspondiente ante la Dirección General de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Con la notificación de la apertura del ERE, la empresa entregó la memoria económica, aunque sin aportar los detalles de facturación y las cuentas anuales de los dos últimos ejercicios completos.

Se da la además la circunstancia de que los trabajadores de Talleres López Gallego prestaban desde la sede de la empresa servicios para otros ocho mercantiles.

Los magistrados de la Sala de lo Social, reunidos en pleno y presididos por Jesús Gullón Rodríguez, han decidido ahora desestimar el recurso de la empresa y confirma la sentencia dictada en mayo de 2012 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

La resolución del Alto Tribunal destaca que de la documentación aportada por la empresa no cabe deducir “la falta de producción, la ausencia total de trabajo o la existencia de deudas inasumibles”.

La Sala de lo Social entiende por lo tanto que los representantes de los trabajadores no tuvieron “una información suficientemente expresiva para conocer las causas de los despidos y poder afrontar el periodo de consultas adecuadamente”. El Supremo, en consecuencia, anula el ERE aplicado en la empresa.

El Supremo anula por primera vez un ERE tras la reforma laboral

El de Talleres López Gallego
Redacción
martes, 23 de abril de 2013, 07:03 h (CET)
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha anulado por primera vez un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) aplicado conforme a la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy al concluir que la dirección de la empresa no justificó documentalmente el descenso en la facturación para despedir a sus 28 trabajadores.

Los hechos se remontan al 21 de febrero de 2012, cuando la empresa Talleres López Gallego comunicó a los delegados de los trabajadores la apertura de un periodo de consultas para extinguir los contratos de sus 28 empleados. La dirección presentó la documentación correspondiente ante la Dirección General de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Con la notificación de la apertura del ERE, la empresa entregó la memoria económica, aunque sin aportar los detalles de facturación y las cuentas anuales de los dos últimos ejercicios completos.

Se da la además la circunstancia de que los trabajadores de Talleres López Gallego prestaban desde la sede de la empresa servicios para otros ocho mercantiles.

Los magistrados de la Sala de lo Social, reunidos en pleno y presididos por Jesús Gullón Rodríguez, han decidido ahora desestimar el recurso de la empresa y confirma la sentencia dictada en mayo de 2012 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

La resolución del Alto Tribunal destaca que de la documentación aportada por la empresa no cabe deducir “la falta de producción, la ausencia total de trabajo o la existencia de deudas inasumibles”.

La Sala de lo Social entiende por lo tanto que los representantes de los trabajadores no tuvieron “una información suficientemente expresiva para conocer las causas de los despidos y poder afrontar el periodo de consultas adecuadamente”. El Supremo, en consecuencia, anula el ERE aplicado en la empresa.

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