Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Opinión
Etiquetas | Títulos | Constitución | boe | Príncipe de Asturias
Varios medios de comunicación han publicado estos días información sobre el falso título nobiliario de príncipe de Marbella y sus posibles indicios de delito en su uso

​Los títulos nobiliarios y su otorgamiento

|

La Constitución española de 1978 atribuye al rey el «conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes», según indica el artículo 62 f. En consecuencia, la facultad de otorgamiento es ejercida por el rey que se materializa a través de la Real Carta. El consentimiento surte efecto tras la publicación del Real Decreto de concesión en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Cualquier persona física que se considere con derecho al título y cumpla los requisitos establecidos en la legislación vigente puede solicitarlo cumpliendo el procedimiento establecido, ya sea por rehabilitación o concesión.

La rehabilitación de título nobiliario

Cualquier pariente descendiente o colateral del último titulado del título nobiliario tiene derecho de solicitar su rehabilitación. Para ello ha de probar la existencia del título a rehabilitar, el parentesco del solicitante con el último titular y ha de cumplir las condiciones establecidas por ley.

Los títulos que pueden solicitar su rehabilitación son aquellos que se encuentran en situación de caducidad por estar vacantes durante más de cinco años y sin superar los cuarenta años en esta circunstancia.

La concesión de título nobiliario

La concesión de título nobiliario requiere que su denominación no coincida con la de otros títulos ya caducados o existentes.

La concesión se realiza por Real Decreto, con su posterior publicación en el BOE, y se comunica a la Diputación Permanente de la Grandeza de España. Además, la concesión se justifica a través de la Real Carta de creación de la dignidad nobiliaria cuya finalidad es demostrar su existencia.

El título de Príncipe

El término de Príncipe que no es propiamente un título nobiliario ya que su uso estaba reservado para las personas de estirpe real. En el caso de España tenemos tres títulos de Príncipe pertenecientes al heredero de la Corona.

Se trata del Principado de Asturias creado en el año 1385 por el rey Juan I de Castilla para su hijo el infante don Enrique, futuro Enrique III. También el Principado de Gerona instituido por el rey Fernando I de Aragón en 1411 para su hijo Alfonso V, el Magnánimo. Y, por último, el Principado de Viana constituido en 1423 por el rey Carlos III el Noble, de Navarra, a favor de su nieto el infante don Carlos.

​Los títulos nobiliarios y su otorgamiento

Varios medios de comunicación han publicado estos días información sobre el falso título nobiliario de príncipe de Marbella y sus posibles indicios de delito en su uso
María del Carmen Portugal Bueno
martes, 16 de abril de 2019, 16:30 h (CET)

La Constitución española de 1978 atribuye al rey el «conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes», según indica el artículo 62 f. En consecuencia, la facultad de otorgamiento es ejercida por el rey que se materializa a través de la Real Carta. El consentimiento surte efecto tras la publicación del Real Decreto de concesión en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Cualquier persona física que se considere con derecho al título y cumpla los requisitos establecidos en la legislación vigente puede solicitarlo cumpliendo el procedimiento establecido, ya sea por rehabilitación o concesión.

La rehabilitación de título nobiliario

Cualquier pariente descendiente o colateral del último titulado del título nobiliario tiene derecho de solicitar su rehabilitación. Para ello ha de probar la existencia del título a rehabilitar, el parentesco del solicitante con el último titular y ha de cumplir las condiciones establecidas por ley.

Los títulos que pueden solicitar su rehabilitación son aquellos que se encuentran en situación de caducidad por estar vacantes durante más de cinco años y sin superar los cuarenta años en esta circunstancia.

La concesión de título nobiliario

La concesión de título nobiliario requiere que su denominación no coincida con la de otros títulos ya caducados o existentes.

La concesión se realiza por Real Decreto, con su posterior publicación en el BOE, y se comunica a la Diputación Permanente de la Grandeza de España. Además, la concesión se justifica a través de la Real Carta de creación de la dignidad nobiliaria cuya finalidad es demostrar su existencia.

El título de Príncipe

El término de Príncipe que no es propiamente un título nobiliario ya que su uso estaba reservado para las personas de estirpe real. En el caso de España tenemos tres títulos de Príncipe pertenecientes al heredero de la Corona.

Se trata del Principado de Asturias creado en el año 1385 por el rey Juan I de Castilla para su hijo el infante don Enrique, futuro Enrique III. También el Principado de Gerona instituido por el rey Fernando I de Aragón en 1411 para su hijo Alfonso V, el Magnánimo. Y, por último, el Principado de Viana constituido en 1423 por el rey Carlos III el Noble, de Navarra, a favor de su nieto el infante don Carlos.

Noticias relacionadas

La libertad de expresión es un derecho fundamental que abarca las libertades de opinión, información y prensa, es esencial para ejercer otros derechos humanos y participar activamente en una sociedad libre y democrática, pero lo mismo en España que toda Europa, este derecho se enfrenta a desafíos y tensiones debido a la censura y a las restricciones.

Tras conocer por la prensa que un juzgado ha abierto diligencias de investigación por una denuncia contra su esposa, el presidente del Gobierno ha publicado una carta abierta dirigida a la ciudadanía en el antiguo Twitter, en la que afirma que: "Vive con impotencia el fango que se esparce sobre su mujer", y se pregunta si debe continuar o renunciar, motivo por el cual cancela su agenda, y se da de plazo hasta el próximo lunes, para meditar su futuro.

Pedro Sánchez habría dado por amortizada la actual legislatura y, con un golpe de efecto, anunciará presumiblemente el 29 de abril el adelanto de las Elecciones Generales para el próximo otoño, con la esperanza de renacer cual Ave Fénix y obtener unos resultados que le permitan conformar un Gobierno en solitario tras fagocitar los restos del naufragio de la efímera candidatura unitaria de izquierdas Sumar y con apoyos externos de los grupos nacionalistas periféricos.

 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris
© Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto