MADRID, 15 (SERVIMEDIA)
La Agencia Tributaria tiene de plazo hasta diciembre de este año para ingresar a los contribuyentes las devoluciones del IRPF pendientes de la Campaña de la Renta de 2024.
Hacienda recibió 24,57 millones de declaraciones en la Campaña 2024, un 2,3% más que el año anterior, de las que 15,932 millones tuvieron resultado a devolver y 6,934 millones resultaron a ingresar.
A comienzos de julio, apenas unos días después de que concluyera la Campaña, la Agencia Tributaria ya había devuelto 9.100 millones de euros a más de 12,5 millones de contribuyentes.
Aquellos contribuyentes que todavía no hayan recibido la devolución pueden recibirla hasta diciembre, ya que la Agencia Tributaria dispone de seis meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, para abonarlas.
La Campaña 2024 inició el 2 de abril y se prolongó hasta el 30 de junio, por lo que Hacienda puede devolver la renta a los contribuyentes hasta el 30 de diciembre.
No obstante, si la declaración fue presentada fuera de plazo, los seis meses empiezan a correr desde el día en el que se registró ante la Agencia Tributaria.
La plataforma TaxDown, dedicada a la fiscalidad digital, recordó que los contribuyentes pueden consultar el estado de su declaración en la web de la Agencia Tributaria, en el apartado Renta 2024, con la Clave PIN o con el número de referencia de nuestro borrador.
El contribuyente puede encontrarse con que su declaración se esté tramitando, que ya haya sido tramitada o que se esté comprando. Además, en función de la tramitación final de la solicitud, pueden darse distintas situaciones, como que resulte a pagar y no a devolver, o que sea a devolver, pero menos de lo declarado,
En el primer caso, puede o no haber sanción para el contribuyente dependiendo del tipo de error que generó esta discrepancia en el resultado, mientras que en el segundo, la Agencia Tributaría tendría que pagar intereses pero sólo por la parte resultante de la liquidación.
TaxDown también apunta a un tercer escenario y es que la Agencia Tributaria se demore en el pago. Si eso ocurriera, Hacienda tendría que pagar al contribuyente los intereses correspondientes al tiempo que haya tardado en hacer la devolución si esta la realiza a partir del 1 de enero de 2026.
Aunque no es frecuente que la Agencia Tributaria se atrase en las devoluciones, "a veces ocurre" y está contemplada en la ley del IRPF, como apuntó el experto fiscal de TaxDown Aitor Fernández.
Los intereses de demora, que los fija el Gobierno en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, son en la actualidad del 4,0625% anual desde la fecha en que expire ese plazo de seis meses hasta la fecha en que se ordene el pago, como precisaron desde TaxDown.
En el caso de que Hacienda se demorara en la devolución, los contribuyentes recibirán una notificación en la que se les informará de los intereses de demora que correspondan en cada caso.
El motivo más frecuente por el que se demora el pago de la devolución, sin llegar necesariamente a superar el plazo, es que esté pasando por una comprobación o una revisión particular. También puede haber datos incorrectos. Además, si se trata de un trabajador autónomo, la Agencia Tributaria también mirará posibles irregularidades en la comunicación de los ingresos o los gastos, y realizará las comprobaciones pertinentes.
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