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Publicada la adaptación de medios y tiempos para personas con discapacidad en los procesos selectivos de la Administración del Estado

Agencias
viernes, 25 de julio de 2025, 10:00 h (CET)

MADRID, 25 (SERVIMEDIA)


Este viernes aparece publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una disposición general que fija las adaptaciones de medios y tiempos en los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas en las que participen personas con discapacidad, en el ámbito del personal civil de la Administración del Estado


La norma garantiza que los aspirantes con discapacidad dispondrán de los medios materiales y humanos, asistencias, productos de apoyo y tecnologías necesarias, así como la accesibilidad a la información, comunicación y a los espacios físicos y virtuales donde se realicen las pruebas.


Además, se concede un tiempo adicional para la realización de los ejercicios y se permiten ajustes razonables según las necesidades individuales no cubiertas por las adaptaciones generales.


Las adaptaciones de medios humanos pueden incluir la presencia de asistentes personales u otros apoyos específicos, como intérpretes de lengua de signos o personal de apoyo regulado legalmente.


Estas ayudas están destinadas tanto a quienes tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, como a quienes, sin reconocimiento oficial, acrediten formalmente necesitar apoyo mediante los medios legales correspondientes.


Durante los procesos, las personas con discapacidad podrán llevar y usar libremente productos de apoyo, órtesis, prótesis y perros de asistencia, siempre que se acredite su necesidad. El órgano de selección podrá requerir documentación acreditativa si no existe un informe oficial.


Para garantizar la igualdad en todos los procedimientos selectivos, incluidos cursos o prácticas, se establecerán las adaptaciones necesarias siempre que sean solicitadas. Las convocatorias informarán expresamente sobre esta posibilidad y las personas interesadas deberán adjuntar el dictamen técnico correspondiente o, en su defecto, otra acreditación legalmente admitida. Las adaptaciones sólo se concederán si la discapacidad guarda relación con la prueba, y será el órgano de selección quien resuelva su pertinencia.


Para valorar las solicitudes de tiempos adicionales, se establece un baremo general de criterios para pruebas orales y escritas según tipo y grado de discapacidad. El órgano de selección resolverá en cada caso y podrá requerir asesoramiento a órganos técnicos competentes.


En los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la norma, se aprobará un 'Manual general de adaptaciones' que ofrecerá pautas y recomendaciones para los órganos de selección y tribunales, incluyendo el uso de tecnologías necesarias y la evaluación de las medidas adoptadas. Este manual se actualizará periódicamente.


El Real Decreto incluye una tabla con orientaciones sobre tiempos adicionales, como 60 minutos más para personas con ceguera total o discapacidad intelectual del 33%-59% y 90 minutos para quienes tengan un grado igual o superior al 60%. Estos tiempos son para pruebas tipo test de 60 minutos y se ajustarán proporcionalmente en pruebas de diferente duración. En pruebas prácticas, se priorizará la adaptación de medios; en orales, los ajustes estarán enfocados a quienes tengan dificultades de comunicación.


En procesos selectivos restringidos para personas con discapacidad intelectual, se mantendrán las adaptaciones previstas sin incremento adicional de tiempo salvo para otras discapacidades que presenten los aspirantes.


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