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Competencia propone a la RFEF no restringir la publicidad en emisiones televisivas de fútbol y fútbol sala

Agencias
martes, 20 de mayo de 2025, 14:15 h (CET)

MADRID, 20 (SERVIMEDIA)


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) recomienda a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) que no restrinja la publicidad en las retransmisiones televisivas de la Supercopa, la Primera RFEF y la Primera División de Fútbol Sala masculina.


La CNMC incluye esa propuesta en cuatro informes difundidos este martes en los que analiza las condiciones propuestas por la RFEF para comercializar los derechos audiovisuales de varias competiciones.


Se trata de la emisión en España y Andorra de la Supercopa, la Primera RFEF -en este caso, también en territorios europeos e internacionales- y de la Primera División de Fútbol Sala masculina para las temporadas 2025/26, 2026/27 y 2027/28.


Competencia considera que las bases de comercialización propuestas no se adaptan a las condiciones que exige el real decreto-ley 5/2015 de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional.


En particular, recomienda a la RFEF un procedimiento de licitación que respete los principios de competencia, transparencia y no discriminación.


Para ello, propone algunos cambios, como no incluir restricciones ligadas a la publicidad y promoción de los adjudicatarios de los derechos audiovisuales por considerarlas "una limitación injustificada de la libertad de empresa y de la capacidad de rentabilizar económicamente" esos derechos.


La federación había planteado en un borrador de procedimiento de obligaciones comerciales de la entidad adjudicataria de los derechos audiovisuales de la Primera RFEF que "no se podrá formalizar ningún acuerdo publicitario con entidades que puedan suponer una amenaza para la reputación de la RFEF, incluyendo, pero no limitándose a: compañías con antecedentes dudosos (tales como estados financieros débiles, condenadas por soborno, piratería y/u otros delitos), y/o compañías que participan en la fabricación de armas".


Además, otra cláusula impone al adjudicatario la condición de no poder "designar ningún patrocinador de programaciones o contenidos relacionados con la competición que pueda entrar en conflicto con los patrocinadores de la RFEF y/o de la competición, ni de forma que se pudiera entender que patrocinan a la RFEF, la competición y/o los clubs de la competición".


OTRAS PROPUESTAS


Además, la CNMC plantea a la federación "ceñirse a las facultades que le han sido otorgadas" conforme al real decreto-ley 5/2015, esto es, la comercialización conjunta de los derechos audiovisuales incluidos en el ámbito de la norma. "No atribuirse, por tanto, los derechos en condición de productora, o tiempos y espacios más allá de los partidos", añade.


También propone a la Federación "clarificar el ámbito de los derechos ofertados, sin que exista incertidumbre sobre el formato de la competición", como existe en la Primera RFE.


Otras recomendaciones son utilizar, en la medida de lo posible, un diseño de licitación en lotes y opciones que pueda atraer a diversos adjudicatarios y fijar unos criterios de valoración para adjudicar los lotes que garanticen la consecución de un procedimiento transparente y competitivo. "Evitar criterios o requisitos discrecionales o imprecisos y/o que generen barreras de entrada", apunta la CNMC.


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