MADRID, 18 (SERVIMEDIA)
La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) ve "oportuno" y "coherente" el reconocimiento del derecho a la desconexión digital que recoge el proyecto de ley de reducción de la jornada laboral, aunque advierte de que el modo en que está redactado en la actualidad el texto es de "una rigidez" que "resulta excesiva" y genera "inseguridad jurídica".
Así lo recoge un análisis publicado por Fedea y firmado por dos de sus investigadores, los economistas Jesús Lahera y José Ignacio Conde-Ruiz, quienes piensan que se podría justificar perfectamente una enmienda a la totalidad para devolver el texto al Gobierno y que se subsanen errores, aunque también reconocen que se puede mejorar el proyecto de ley mediante la incorporación de enmiendas en el trámite parlamentario.
Aunque el apartado más conocido del proyecto de ley es la reducción de la jornada laboral de 40 a 37,5 horas semanales, la norma también impone el refuerzo del control de jornada para luchar contra las horas extra no pagadas, para lo que establece que deberá ser digital e interoperable por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Asimismo, fija el derecho a la desconexión digital, de manera que el trabajador no sufra ninguna consecuencia negativa por no responder o atender comunicaciones de la empresa fuera de su horario laboral.
Sobre este último aspecto, el del derecho a la desconexión, el análisis de estos dos economistas de Fedea señala que algo "positivo y coherente" con el marco normativo existente, pero la forma en que lo regula plantea "algunas disfunciones". En particular, indica que el proyecto de ley omite toda referencia a los protocolos empresariales, pese a que el artículo 88 de la Ley de protección de datos, al que la nueva normativa alude, los reconoce expresamente como vía válida para garantizar este derecho.
"Esta omisión genera inseguridad jurídica y pone en cuestión muchos protocolos actualmente vigentes en las empresas", añade el informe publicado por Fedea, que defiende que, en lugar de imponer un modelo único, conviene mantener la "flexibilidad" del sistema actual, en el que la negociación colectiva y los protocolos empresariales permiten adaptar este derecho a la realidad de cada sector o empresa.
A su criterio, la nueva ley introduce, de forma general, la prohibición de comunicación de la empresa al trabajador fuera del horario laboral, sin matices ni práctica posibilidad de adaptación. "Esta rigidez resulta excesiva, ya que en muchos casos la simple existencia de una comunicación no implica una obligación de respuesta ni vulnera por sí sola el derecho a la desconexión", apuntalan Jesús Lahera y José Ignacio Conde-Ruiz.
Para corregir estas anomalías, proponen que el proyecto de ley se enmiende para que contemple excepciones mediante protocolos de empresa y recoger la importancia de la negociación colectiva para fijar los mecanismos a emplear. En la misma línea, sugieren evitar la "imposición legal" de la no comunicación de la empresa como norma general.
Al respecto, indican que la ausencia de comunicación de la empresa a la persona trabajadora puede formar parte de la regulación del ejercicio y medios de la desconexión digital pero no ser un imperativo legal generalizado, pues "genera excesiva rigidez y falta de adaptación a la realidad". "Esta herramienta de no comunicación de la empresa a las personas trabajadoras debe provenir de la negociación colectiva o de los protocolos empresariales, no de la Ley", enfatizan estos expertos.
Cabe recordar que el texto fue aprobado con el acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos pero sin el apoyo de CEOE y Cepyme. En la actualidad, la norma no tiene apoyos para salir adelante en el Congreso, dado que Junts, PP y Vox se posicionan en contra.
En cualquier caso, si se aprueba, para mejorar su contenido, este informe publicado por Fedea sugiere permitir bolsas de horas negociadas entre 37,5 y 40 horas semanales, lo que ya se hace en otros países como Francia, así como establecer una entrada en vigor de tres años con adaptación de las comisiones negociadoras de los convenios colectivos.
También pide evitar que las jornadas parciales se adapten automáticamente a la reducción de jornada máxima; permitir que la reducción de horas se haga mediante la otorgación de más días de vacaciones al año; aumentar la posibilidad de la empresa de distribuir la jornada de forma irregular, pasando del 10% al 12,5%, y eliminar el tope de 80 horas extraordinarias que se pueden hacer legalmente al año.
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