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Pradas pide a la jueza de la dana que reclame a la Generalitat informe de las alertas rojas y Cecopi de la última década

Agencias
lunes, 28 de julio de 2025, 18:04 h (CET)

Pradas pide a la jueza de la dana que reclame a la Generalitat informe de las alertas rojas y Cecopi de la última década

La defensa insiste en que, en el momento de los hechos, el Es-Alert aún no estaba formalmente incorporado al Plan Territorial de Emergencias valenciano

La exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas ha solicitado a la jueza que instruye la causa por la gestión de la dana, en la que la exdirigente se encuentra investigada, que reclame a la Generalitat Valenciana que emita un informe sobre el número de alertas rojas decretadas en los últimos 10 años y los Cecopi convocados tras dichas alertas.

En un escrito remitido este lunes a la magistrada, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa de la exconsellera aporta una serie de documentos para que se incorporen a la causa, entre ellos la nota de prensa de la Conselleria de Emergencias e Interior de la Generalitat Valenciana por la que se informa del inicio de la actualización del Plan Territorial de Emergencias de la Comunitat Valenciana, en el que se va a incluir un nuevo procedimiento de actuación para la gestión del sistema de alerta a la población Es-Alert.

Para el letrado de Pradas, dicha nota de prensa es "fundamental para contextualizar el marco normativo y operativo vigente en materia de emergencias en la Comunitat Valenciana en la fecha de los hechos que se instruyen en esta causa, concretamente el día 29 de octubre de 2024".

"Acredita de manera fehaciente --incide-- que, en el momento de producirse los sucesos investigados, el sistema de aviso a la población Es-Alert aún no estaba formalmente incorporado al Plan Territorial de Emergencias de la Comunitat Valenciana. Se trata de una información que consideramos crucial para valorar si la actuación de la Conselleria de Emergencias se ajustó a la normativa y protocolos aplicables en aquel momento, por lo que su incorporación a la causa es indispensable para determinar el cumplimiento de los deberes de diligencia exigibles a la consellera en el marco normativo vigente en la fecha de los hechos".

También aporta una copia de los pliegos de la licitación del contrato del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH), en los que se recogen los requisitos que deben cumplir las empresas licitadoras, entre ellos, el de contar con personal especializado, y hace constar la empresa adjudicataria.

La aportación de estos pliegos es, para Pradas, "imprescindible para verificar los requisitos técnicos y profesionales exigidos a la empresa para la correcta operación y mantenimiento del SAIH, especialmente en lo relativo a la necesidad de contar con personal especializado".

"Permiten evaluar la diligencia en la contratación y en la supervisión del servicio, así como determinar si hubo un cumplimiento adecuado de las obligaciones contractuales por parte de la empresa adjudicataria, por lo que su análisis es fundamental para deslindar posibles responsabilidades y para comprender si eventuales deficiencias en el funcionamiento del sistema pudieron derivar de un incumplimiento de las condiciones establecidas en la licitación", argumenta.

Por otro lado, pide al juzgado que reclame a Gobierno valenciano determinada información, en concreto el número total de alertas rojas declaradas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana durante los últimos diez años, y en cuántos de esos casos se procedió a la convocatoria de un Cecopi tras decretarse dicha alerta roja.

De ese modo, alega, se dispondrá de un "elemento de contraste" que esta parte considera "muy relevante, para poder apreciar la excepcionalidad de la constitución del Cecopi el día 29 de octubre de 2024, especialmente ante las afirmaciones de tardanza sostenidas por algunas acusaciones y recogidas en determinados autos".

Esta diligencia, insiste la defensa, "permitirá establecer un marco comparativo basado en hechos, que ayudarán sin duda, a determinar si la actuación del 29 de octubre de 2024 se ajustó a los protocolos habituales y a la práctica seguida ante situaciones de emergencia en las que se declaró la alerta roja, y de ese modo poder valorar adecuadamente si la temporalidad de la convocatoria del Cecopi fue una anomalía o una pauta recurrente, lo cual es fundamental para la correcta valoración de las posibles responsabilidades en el procedimiento".

UNA ACUSACIÓN PIDE INVESTIGAR A POLO
Por otra parte, también en el marco de este procedimiento, una de las acusaciones, la que ejerce Liberum, ha solicitado al Juzgado modificar la condición procesal del presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, a investigado tras el informe remitido a la instructora por la Guardia Civil, y que cite para declarar en calidad de testigo a la presidenta de Aemet, María José Rallo del Olmo.

Alude así al documento de la Guardia Civil que señala que destaca "sobremanera, la inexistencia de avisos" por parte de ese organismo sobre el Poyo como consecuencia del ascenso exponencial desde las 16:15 horas, momento en que se rebasa el umbral 1, hasta las 18:43 horas.

Agrega el Instituto Armado que, aunque es "evidente" que la información "que se transmitió y aquella que se debió transmitir" por parte de la CHJ en base a los datos recogidos por el SAIH, "no es la única de la que disponía el Centro de Coordinación y Emergencia para la gestión de la catástrofe del día 29 de octubre", ya que contaba con los avisos de Aemet y las propias llamadas de los ciudadanos, "al menos en este episodio de inundaciones (...) era fundamental que esa información se transmitiera en tiempo para conocer la situación real de los volúmenes de agua que circulaban por los cauces de los cursos fluviales con dispositivos del SAIH, en este caso en el barranco del Poyo".

Para la representación que ejerce Liberum, "independientemente de que las autoridades autonómicas competentes en la gestión de esta tragedia (incluidos los servicios de emergencias) deban ser objeto de investigación en el presente procedimiento, lo debe ser igualmente, tanto la Aemet como la CHJ por su deficiente y negligente gestión, como ha quedado acreditado en el informe" de la Benemérita.

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