Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Portada
Etiquetas

La Audiencia de Navarra condena a 7 años y 6 meses de prisión a un hombre que violó a su sobrina

Agencias
lunes, 21 de julio de 2025, 12:50 h (CET)

La Audiencia de Navarra condena a 7 años y 6 meses de prisión a un hombre que violó a su sobrina

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 7 años y 6 meses de prisión a un hombre que, en febrero de 2022, cuando tenía 39 años, violó a su sobrina de 22 en una localidad próxima a Pamplona.

Según recoge la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el procesado, natural de Brasil, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante 11 años y, además, deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 6 años. En concepto de responsabilidad civil, la indemnizará con 10.000 euros por el daño moral.

Según se recoge en el texto judicial, el 19 de febrero de 2022, la denunciante, que no residía en Pamplona, tenía cita para la vacuna del Covid en la capital navarra. A la conclusión, se hizo una foto del brazo en el que se había puesto la vacuna y la incluyó a través de WhatsApp en sus 'estados'.

Su tío contactó con ella por teléfono y quedaron en verse en la plaza Merindades de Pamplona. El procesado, junto con otras dos personas, recogió a su sobrina al mediodía y la llevó a su domicilio. Le dijo que era la única persona de la familia que aún no conocía su vivienda. En el trayecto, descendió del vehículo, en las proximidades de la estación de autobuses, uno de los ocupantes.

Una vez en la casa, en la terraza, tras enseñarle las estancias, el inculpado le dijo a su sobrina: "Yo te voy a proteger, nadie te va a lastimar más, mi sobrino y tú sois todo para mí".

Después, ya en la habitación del encausado, tanto este como el hombre que le acompañaba esnifaron cada uno una raya de cocaína. A la víctima no le ofrecieron. En ese momento, el condenado le dijo a su amigo que fuera a una tienda a comprar cervezas. Cuando se quedaron solos en la habitación, el acusado bloqueó la puerta de entrada con la cama y violó su sobrina.

Una vez finalizada la agresión sexual, cuando el otro hombre llegó con las cervezas, la víctima llamó por teléfono a su hermano para pedirle que fuera a buscarla.

En el juicio, celebrado el 5 de junio, la fiscalía y la acusación particular solicitaron una condena de 14 años de prisión por un delito de agresión sexual con prevalimiento, por la circunstancia del parentesco. La defensa, por su parte, reclamó la absolución. Según la declaración del procesado, la relación sexual no solo fue consentida, sino provocada por ella.

Sin embargo, la Sección Segunda de la Audiencia destaca en la sentencia el testimonio incriminatorio de la víctima, sin contradicciones desde su primera declaración.

Asimismo, los magistrados apuntan la existencia de testimonios que corroboran la versión de la denunciante, cuyo estado de ánimo tras sufrir la violación fue constatado por su hermano y por una encargada de su trabajo.

Para los jueces también resulta reveladora la declaración del facultativo que la atendió en el servicio de obstetricia y ginecología del Hospital Universitario de Navarra, así como los testimonios, en calidad de peritos, tanto del médico forense como de las psicólogas.

"Frente a ello, ningún elemento de consideración existe para descartar la verosimilitud o credibilidad objetiva del unívoco relato acusatorio a partir de la denuncia", subrayan los magistrados.

Al tratarse de una agresión sexual (violación) cometida con violencia, el tribunal rechaza la existencia del prevalimiento, una circunstancia orientada a obtener el consentimiento viciado de la víctima.

ç

Noticias relacionadas

El Juzgado Contencioso-Administrativo de Pontevedra ha anulado una factura de 15.600 € que pretendía cobrar la Distribuidora del grupo Naturgy alegando un “fraude eléctrico” que no ha podido demostrar en el juicio. En sentencia firme, UFD Distribución contra el recurso presentado ante la Resolución de la Xunta de Galicia, que daba la razón al titular del contrato de suministro y consideraba nula la refacturación practicada por alegar un ‘fraude eléctrico’ en el contador de electricidad.

Sí, me refiero a ti. A ese que de vez en cuando va a recoger a sus nietos al cole. A esos que están sentados en un banco de un jardín e incluso a los que están echando una partidita de dominó, esperando matar al contrario esos seis dobles que están a la expectativa, mirando de reojo al rival para que no le asesinen esa ficha adversa que todos no sabemos dónde meter cuando nos hunde la suerte en el reparto de fichas. A

La Asociación Mundial de Atletismo (World Athletics) publicó este jueves las conclusiones de un estudio realizado durante los Juegos Olímpicos de Paris 2024 con el objetivo de identificar y proteger a los atletas de los mensajes abusivos enviados a través de las plataformas de las redes sociales, siendo el racismo, con un 18%, y el abuso sexualizado (30%) los principales problemas.
 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© 2025 Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris
© 2025 Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto