 Recuerda que los agentes utilizaron los "medios a su alcance para proteger" a los presentes en los registros
Las acusaciones populares del 'caso Koldo' en la Audiencia Nacional (AN), representadas por el Partido Popular (PP), se han opuesto a anular el registro efectuado el 20 de febrero de 2024 en el domicilio del ex asesor ministerial que da nombre a las pesquisas y de su entonces pareja, mostrando su respaldo a la actuación de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y recordando que Koldo García tenía "armas en su domicilio".
En el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la acusación popular unificada bajo el Partido Popular impugna el recurso presentado por Patricia Uriz, la exmujer de Koldo, que apuntó a supuestos abusos de los agentes en el registro al considerar que el mismo tuvo un "carácter desproporcionado" al haber utilizado "armas automáticas".
El juez del caso en la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, desestimó la petición de nulidad este mismo mes de julio. La expareja de Koldo, sin embargo, elevó su recurso a la Sala de lo Penal, que tiene que dar respuesta al mismo.
"No hay que obviar que las fuerzas y cuerpos de seguridad utilizan los medios a su alcance que consideran necesarios para proteger a todas las personas que se ven envueltas en la diligencia de entrada y registro", recuerda ahora el PP, que incluye entre las mismas a Koldo, a su exmujer y a su hija menor de edad, que estuvo presente en el mismo.
A los 'populares' les "llama poderosamente la atención que la recurrente", la exmujer de Koldo, haga "referencia a que los agentes portaban armas". "Obvia mencionar sin embargo que era conocido que Koldo García tenía armas en su domicilio (como, de hecho y posteriormente, se pudo comprobar)", recuerdan.
UNA "PERTURBACIÓN" NO CONLLEVA LA NULIDAD
En su escrito, inciden en que no se puede "negar que se ha podido producir una perturbación del normal desarrollo de la vida de la menor", algo con lo que concuerda el PP. "Lo que sí se pretende explicar es que dicho malestar no conlleva consecuente y necesariamente una mala actuación policial y, mucho menos, la nulidad de la diligencia de entrada y registro", aclara.
El PP sostiene que, "incluso aceptando con meros efectos dialécticos que las medidas desplegadas durante la diligencia de entrada y registro hubiesen afectado al bienestar de la menor, ello no comportaría sin más la nulidad de la entrada y registro". "Poco sorprende a esta parte que los agentes consideraran necesario el portar medios de protección -medios que, por cierto, también estarían dirigidos a la protección de la menor-", añade.
En este contexto, la acusación recuerda que "solo serán nulos aquellos actos procesales que efectiva indefensión a la parte recurrente, no a la menor. "La propia recurrente admite que habría sido la menor afectada la que habría sufrido la indefensión, ¿indefensión frente a qué? Evidentemente, la indefensión que conlleva la nulidad de una entrada y registro es una indefensión para con el procedimiento y para con el investigado", apostilla.
Por otro lado, el PP se opone al recurso negando la afirmación de que Koldo García se hubiese mostrado "dispuesto a colaborar con el adecuado desarrollo de la investigación judicial y con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado" en una conversación entre el exasesor y el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán.
"Esta conversación no implica una verdadera actuación de colaboración, primero, porque el contexto es absolutamente ajeno a lo que es en realidad una actuación de colaboración judicial y, segundo, porque la mentada conversación, lejos de ser conciliadora, contenía pasajes del estilo de: 'No voy a permitir que me estén siguiendo, coja la escopeta de caza o coja el subfusil que tengo de asalto' o 'no jodas más de la cuenta, digo, no vaya a ser que se me crucen los cables'", concluye el escrito.
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