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Acepta 12 años y medio de cárcel y 10 de libertad vigilada por asesinar a una mujer en Mieres (Asturias) en 2023

Agencias
jueves, 26 de junio de 2025, 14:07 h (CET)

Acepta 12 años y medio de cárcel y 10 de libertad vigilada por asesinar a una mujer en Mieres (Asturias) en 2023

Un acusado de asesinar a una mujer en Mieres en marzo de 2023, a la que golpeó brutalmente durante varias horas para acabar con su vida con el objetivo de quedarse con su pensión, asumió este jueves una condena de 12 años y 6 meses de prisión y 10 años de libertad vigilada por un delito de asesinato.

El hombre residía con la fallecida, con la que tenía una relación de amistad, y llegó a obligarla a ejercer la mendicidad para que le consiguiera dinero para drogas. El acusado, en el momento de los hechos, tenía una fuerte adicción a los estupefacientes y un trastorno psíquico ocasionado por los mismos.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, celebró este jueves una vista en la que el acusado ratificó su conformidad con los hechos y las penas solicitadas para él por la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular.

Según recuerda Fiscalía, el acusado vivía con M. C. G. S., de 60 años y con la que mantenía una relación de amistad, en el domicilio de ésta de Mieres. A lo largo de los años venía aprovechándose económicamente de ella, disponiendo de toda su pensión y dejándola prácticamente desvalida y sin cubrir sus necesidades vitales más elementales, como ropa o comida, todo ello con la única finalidad de pagarse las drogas que consumía con habitualidad. Llegó incluso a obligarla a ejercer la mendicidad en las puertas de un supermercado de la localidad de Ciaño para que le consiguiera más dinero.

De esta manera, el acusado, que quería disponer de la totalidad de la pensión de M. C. G. S. y no estar pendiente nunca más ella, con claro ánimo de terminar con su vida, en hora no determinada pero en cualquier caso en la madrugada del día 29 de marzo de 2023, en el interior del domicilio que compartían, se dirigió a la mujer y la agarró fuertemente, llevándola hasta la cocina.

Allí le ató fuertemente las muñecas con cinta de embalar de color transparente para que no pudiera defenderse y comenzó a propinarle numerosos golpes por todo su cuerpo, especialmente en la cara, cráneo, manos y piernas, utilizando para ello tanto sus propias manos como una cizalla y unos alicates que había en la cocina. La abordó de forma absolutamente sorpresiva y sin que la mujer pudiera prever el ataque ni por supuesto defenderse en modo alguno, teniendo en cuenta además la obesidad que padecía y que le dificultaba los movimientos.

Los golpes fueron de extrema brutalidad y prolongados en el tiempo, ya que pasaron varias horas desde el primero hasta el que finalmente terminó con su vida. Una vez sucedió esto, el acusado arrastró el cuerpo hasta una habitación y lo abandonó allí, en el suelo.

El acusado propinó a la víctima un importantísimo número de golpes, muchos más de los estrictamente necesarios para causarle la muerte, originando de esta forma a la víctima una muerte lenta y agónica.

Tras el crimen, el acusado cogió una fregona y limpió el suelo de la casa, especialmente de la habitación, cocina y pasillo, para no dejar rastros biológicos de los hechos, abandonó la casa y se dio a la fuga.

En el momento de cometer los hechos, el acusado tenía parcialmente mermadas sus facultades de entender y de querer, como consecuencia del previo consumo de benzoilecgonina, cocaína, monoacetilmorfina, morfina y metadona. También por el trastorno psiquiátrico que sufría por consumo de drogas prolongado durante años. La causa ha estado paralizada durante un importante período de tiempo por causas no imputables al acusado. El acusado se encuentra en situación de prisión provisional sin fianza por esta causa desde el día 3 de abril de 2023.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de asesinato. Concurre en el acusado la circunstancia atenuante por analogía de la responsabilidad penal de drogadicción, por analogía de la responsabilidad penal de anomalía o alteración psíquica y por analogía de la responsabilidad penal de dilaciones indebidas.

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