
MADRID 10 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado este martes la petición del PP que buscaba que el presidente de la corte de garantías, Cándido Conde-Pumpido, se abstuviera de las deliberaciones sobre la primera sentencia de la amnistía.
Según ha informado el TC, el Pleno ha considerado que la decisión de apartarse voluntariamente es "personalísima" de cada magistrado, por lo que las partes no tienen derecho a plantearla.
Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, explican que se ha aprobado la ponencia de la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, que abogaba por rechazar la petición 'popular' por las citadas razones.
El magistrado conservador Enrique Arnaldo ha votado en contra de la ponencia de Montalbán al considerar que no se ha respetado el trámite legal, que incluye escuchar a Conde-Pumpido, así como que no se han abordado las razones esgrimidas por el PP.
Fuentes de la corte de garantías ya avanzaron a esta agencia de noticias que la solicitud de los 'populares' sería descartada para avanzar hacia la primera sentencia sobre la ley de amnistía.
Los de Alberto Núñez Feijóo alegaban que Conde-Pumpido debía apartarse por la misma razón por la que se aceptó la recusación lanzada por Fiscalía contra el magistrado conservador José María Macías, puesto que éste y la mujer del presidente del TC formaron parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que informó sobre la ley en el marco del trámite parlamentario.
En la sesión programada para este miércoles, se espera que el Pleno aborde otras peticiones pendientes, tanto del PP como del Senado y los magistrados conservadores César Tolosa, Concepción Espejel y Arnaldo, que instan al Constitucional a paralizar este fallo hasta que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) resuelva las cuestiones planteadas o a que el propio TC formule una.
El pasado mayo, Conde-Pumpido ya aclaró, en un escrito de respuesta a los tres magistrados, que no paralizaría el debate sobre la amnistía a la espera del TJUE, al tiempo que subrayó que su petición de formular una cuestión prejudicial ante la corte de Luxemburgo se analizaría como parte de las deliberaciones sobre el recurso de inconstitucionallidad presentado por el PP.
Una vez ventiladas las peticiones pendientes, las fuentes consultadas indican que Montalbán explicará la ponencia sobre la ley de amnistía a sus compañeros, aunque el debate no comenzará hasta el siguiente Pleno, que arrancará la última semana de junio. La previsión es que al término de ese segundo cónclave el TC dicte sentencia.
Cabe recordar que Arnaldo también pidió a Conde-Pumpido que las deliberaciones sobre la impugnación de los 'populares' se alargaran el tiempo que fuera necesario, incluso habilitando los plenos de julio. El presidente le contestó el pasado lunes, habilitando al completo la última semana de junio pero negándose a ampliar más el calendario.
EL BORRADOR AVALA LA AMNISTÍA
La ponencia, de 191 páginas, valida la amnistía argumentando que "el legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente", rechazando de esta forma que la prohibición expresa de los indultos generales pueda extenderse por analogía a la amnistía, sobre la que la Carta Magna nada dice.
Resuelve así que "el silencio constitucional, por sí solo, no equivale a la prohibición de una institución", avisando de que, "de otro modo, se estaría privando a la mayoría parlamentaria de opciones legislativas que no le han sido sustraídas por decisión del constituyente, lo que conllevaría la infracción del principio democrático, eje vertebrador de nuestro sistema constitucional".
Respecto a la verdadera motivación de la amnistía, que el PP achacaba a "una transacción política para asegurar la investidura a la Presidencia del Gobierno", Montalbán subraya que las leyes siempre responden a "criterios de oportunidad política", de modo que "su porqué es jurídicamente indiferente".
Según la magistrada, el TC solo debe hacer "un control meramente externo" de que se dan las "circunstancias extraordinarias" que, según la doctrina constitucional, habilitan a conceder una amnistía, "sin reexaminar el juicio político subyacente". Tras ese análisis, concluye que la ley no es un "capricho" porque busca "mayor paz ciudadana".
Solo da la razón al PP en tres cuestiones concretas: ve inconstitucional la "asimetría" para amnistiar a quienes apoyaron y se opusieron al 'procés'; que la ley incluya "una habilitación insólita" para continuar con las "actividades criminales en el futuro"; y que solo imponga escuchar a Fiscalía y a los organismos públicos perjudicados en las causas en el Tribunal de Cuentas para pedir su archivo.
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