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La Audiencia de Palma rechaza el recurso de Le Senne, que será finalmente juzgado por delito de odio

Agencias
lunes, 2 de junio de 2025, 14:44 h (CET)

La Audiencia de Palma rechaza el recurso de Le Senne, que será finalmente juzgado por delito de odio

La Audiencia de Palma ha desestimado el recurso presentado por el presidente del Parlament, Gabriel Le Senne, y de la Fiscalía, de modo que el presidente finalmente será juzgado como presunto autor de un delito de odio por romper una imagen de Aurora Picornell y las Roges del Molinar.

La Sección Segunda de la Audiencia ha dictado una interlocutoria en la que confirma que el presidente de la Cámara será juzgado, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

El Tribunal ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Le Senne contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 1 de Palma que acordaba proseguir con la investigación y posteriormente abrir juicio oral.

La Audiencia en su resolución desestima todos los motivos alegados por la defensa del investigado y expone que las cuestiones relativas a la suficiencia de los indicios de la conducta investigada se tienen que resolver en un juicio oral.

Asimismo, el Tribunal cree que no es posible en este momento archivar la causa porque los hechos que plantea la defensa del investigado son propias de la vista pública, al existir indicios de que los hechos investigados hubieran sucedido en la forma que relata el juez instructor.

La defensa de Le Senne señalaba que éste no tenía intención de romper la foto cuando la arrancó del ordenador y que no había motivación de forma dolosa. La Sala coincide con el juez instructor a la hora de valorar que las imágenes del pleno en cuestión y la declaración de Mercedes Garrido aportan "un contexto indiciario compatible con la posible concurrencia de dolo".

"La forma aparentemente contundente y enfadada con la que Le Senne arrancó la fotografía de las Roges del Molinar del ordenador de Garrido podría resultar objetivamente compatible con una conducta intencionada de romper la foto", expone, agregando que esta cuestión debe ser debatina en un juicio.

En cuanto al argumento de que Le Senne actuó amparado por su función de presidente del Parlament que debe mantener el orden del debate, el Tribunal expone que el ejercicio de las funciones de presidente "no son una excusa absolutoria ni una justificación en la comisión de delitos".

Igualmente, considera que la valoración de si los hechos se concluyen o no entre las funciones del presidente de la Cámara precisan de un estudio previo.

Según la resolución, la defensa del investigado no solicita ante este Tribunal que realice una valoración sobre si los hechos investigados pueden ser considerados, por si mismos, constituidos de delito. Por tanto, el recurso no incide en la "relevancia penal de los hechos investigados, sino en cuestiones relativas a la intencionalidad del investigado o sobre los indicios sobre los cuales el juez que a quo ha elaborado su relato de los hechos punibles".

La causa tiene su origen en el incidente que el presidente de la Cámara autonómica protagonizó en un pleno en el que arrancó las fotografías de Aurora Picornell y las Roges del Molinar que dos diputadas socialistas lucían en sus portátiles mientras se debatía la toma en consideración, a propuesta de Vox, de la derogación de la ley de memoria democrática.

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