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Proclama la candidatura de la coalición con Maddalen Iriarte

La Junta excluye a Otegi de la candidatura de EH Bildu

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La Junta Electoral de Gipuzkoa, reunida este lunes en San Sebastián, ha ratificado, por unanimidad, que Arnaldo Otegi no puede presentarse como candidato a lehendakari por EH Bildu en los próximos comicios autonómicos del 25 de septiembre y le ha excluido de las listas de la formación soberanista. De esta forma, ha proclamado la candidatura de la coalición con Maddalen Iriarte como cabeza de lista por el territorio guipuzcoano.


Foto2 1La decisión de rechazar el recurso planteado por la defensa de Otegi ha sido adoptada por los magistrados de la Audiencia Provincial, María del Carmen Bildarraz, Jone Unanue y Felipe Peñalba, y la decana del Colegio de Abogados de este territorio, Lurdes Maiztegi, ya que el catedrático de Derecho Administrativo de la EHU-UPV, Iñaki Agirreazkuenaga, ha sido recusado por la defensa del líder de EH Bildu.

En el acta del órgano electoral consta el rechazo de la impugnación contra el acuerdo de la Junta del pasado 23 de agosto de 2016, por la que estimó que Otegi era "inelegible" al existir una sentencia ਄rme de la Audiencia Nacional que le inhabilitaba para el ejercicio de sufragio pasivo (es decir, para ser votado) por la condena del 'caso Bateragune' de reconstrucción de la ilegalizada Batasuna. Por ello, pidió a EH Bildu que sustituyera al candidato y susbsanara el error. Al no haber elegido a otro aspirante en su lugar, ha procedido a proclamar la candidatura de la coalición, excluyendo a Arnaldo Otegi como candidato.

De esta forma, encabeza la lista la candidata que ocupaba el segundo puesto, Maddalen Iriarte, mientras que en el último lugar entraría el primer suplente, es decir, Xabier Isasi, tal como establece el artículo 65.2 de la Ley Electoral del País Vasco.

La coalición soberanista registró el pasado día 26, ante la Junta, su recurso, en el que defendió que la inhabilitación accesoria para el ejercicio de sufragio pasivo quedó extinguida cuando el exportavoz de Batasuna cumplió la pena de prisión, el pasado 1 de marzo.

La Junta de Guipúzcoa, reunida este lunes, ha rechazado los argumentos de la defensa de Otegi, y así se lo ha comunicado a los representantes legales de EH Bildu, Mikel Arreseigor e Igor Sarriegi, a las 15.45 horas.

De esta forma, el secretario general de Sortu no Әgurará en las candidaturas de EH Bildu que este martes publicará el Boletín OӘcial del País Vasco (BOPV) junto a las del resto de formaciones que concurren a los comicios.

RECURSOS
A partir de entonces, la defensa del exportavoz de Batasuna podrá recurrir la resolución de la Junta Electoral en un plazo de dos días ante el Juzgado de lo Contencioso de San Sebastián, que tendrá hasta el 2 de septiembre para resolver.

La decisión que Әnalmente adopte este tribunal puede ser impugnada el 4 de septiembre ante el Tribunal Constitucional, que tendrá un plazo de hasta las doce de la noche del día 7 de ese mes para dictaminar si Arnaldo Otegi puede concurrir o no a los comicios.

La Junta excluye a Otegi de la candidatura de EH Bildu

Proclama la candidatura de la coalición con Maddalen Iriarte
Redacción
martes, 30 de agosto de 2016, 07:53 h (CET)

La Junta Electoral de Gipuzkoa, reunida este lunes en San Sebastián, ha ratificado, por unanimidad, que Arnaldo Otegi no puede presentarse como candidato a lehendakari por EH Bildu en los próximos comicios autonómicos del 25 de septiembre y le ha excluido de las listas de la formación soberanista. De esta forma, ha proclamado la candidatura de la coalición con Maddalen Iriarte como cabeza de lista por el territorio guipuzcoano.


Foto2 1La decisión de rechazar el recurso planteado por la defensa de Otegi ha sido adoptada por los magistrados de la Audiencia Provincial, María del Carmen Bildarraz, Jone Unanue y Felipe Peñalba, y la decana del Colegio de Abogados de este territorio, Lurdes Maiztegi, ya que el catedrático de Derecho Administrativo de la EHU-UPV, Iñaki Agirreazkuenaga, ha sido recusado por la defensa del líder de EH Bildu.

En el acta del órgano electoral consta el rechazo de la impugnación contra el acuerdo de la Junta del pasado 23 de agosto de 2016, por la que estimó que Otegi era "inelegible" al existir una sentencia ਄rme de la Audiencia Nacional que le inhabilitaba para el ejercicio de sufragio pasivo (es decir, para ser votado) por la condena del 'caso Bateragune' de reconstrucción de la ilegalizada Batasuna. Por ello, pidió a EH Bildu que sustituyera al candidato y susbsanara el error. Al no haber elegido a otro aspirante en su lugar, ha procedido a proclamar la candidatura de la coalición, excluyendo a Arnaldo Otegi como candidato.

De esta forma, encabeza la lista la candidata que ocupaba el segundo puesto, Maddalen Iriarte, mientras que en el último lugar entraría el primer suplente, es decir, Xabier Isasi, tal como establece el artículo 65.2 de la Ley Electoral del País Vasco.

La coalición soberanista registró el pasado día 26, ante la Junta, su recurso, en el que defendió que la inhabilitación accesoria para el ejercicio de sufragio pasivo quedó extinguida cuando el exportavoz de Batasuna cumplió la pena de prisión, el pasado 1 de marzo.

La Junta de Guipúzcoa, reunida este lunes, ha rechazado los argumentos de la defensa de Otegi, y así se lo ha comunicado a los representantes legales de EH Bildu, Mikel Arreseigor e Igor Sarriegi, a las 15.45 horas.

De esta forma, el secretario general de Sortu no Әgurará en las candidaturas de EH Bildu que este martes publicará el Boletín OӘcial del País Vasco (BOPV) junto a las del resto de formaciones que concurren a los comicios.

RECURSOS
A partir de entonces, la defensa del exportavoz de Batasuna podrá recurrir la resolución de la Junta Electoral en un plazo de dos días ante el Juzgado de lo Contencioso de San Sebastián, que tendrá hasta el 2 de septiembre para resolver.

La decisión que Әnalmente adopte este tribunal puede ser impugnada el 4 de septiembre ante el Tribunal Constitucional, que tendrá un plazo de hasta las doce de la noche del día 7 de ese mes para dictaminar si Arnaldo Otegi puede concurrir o no a los comicios.

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