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Caso Nóos

Castro, sobre la Infanta Cristina: "Lo que tú defraudas, lo pagamos todos"

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El juez instructor del caso Nóos, José Castro, proclama en su auto de apertura de juicio oral, en el que ha acordado sentar en el banquillo a la Infanta Cristina por dos presuntos delitos fiscales, que "lo que tú defraudas, lo pagamos todos", aseverando cómo la propia Agencia Tributaria ha impulsado en los últimos años "eslóganes" y campañas como "Hacienda somos todos" con el objetivo de evitar conductas ilícitas contra el fisco.

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En su resolución, Castro recalca cómo "se decidió llevar a cabo unas amplias campañas institucionales de pretendida concienciación tributaria" entre las que destaca, "por ser un clásico del que se ha hecho un prolífico uso, las más de las veces cargado de ironía, la de que 'Hacienda somos todos' y las muy recientes que cierran un diálogo con el eslogan oficial de la campaña: 'Lo que tú defraudas, lo pagamos todos'".

"Ello no es óbice a que sea la Agencia Tributaria quien, como gestora de los fondos públicos que los contribuyentes han puesto a su disposición", incide Castro, "se persone a través de la Abogacía del Estado al no poder hacerlo directamente los ciudadanos, a quienes les resultaría de imposible cuantificación el perjuicio que para cada uno de ellos ha representado la picaresca fiscal".

No obstante, en este caso Hacienda siempre ha sostenido, junto a la Fiscalía Anticorrupción, que la hermana del Rey Felipe VI no ha incurrido en responsabilidad penal alguna, por lo que sólo es Manos Limpias la que reclama pena de cárcel para la Duquesa, más en concreto ocho años de cárcel.

Es por ello, sobre el hecho de que debiera o no enviar a juicio a la Duquesa al únicamente ser acusada por quien ejerce la acción popular, señala que Manos Limpias está "absolutamente legitimada para acusar y postular la apertura del juicio oral" con independencia de que de ello "se hayan abstenido" el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado.

LA DOCTRINA BOTÍN NO ES APLICABLE A ESTE CASO
El juez alega así que no es aplicable a este caso la denominada doctrina Botín, que impide juzgar a alguien si únicamente le acusa la acusación popular y no la Fiscalía o el perjudicado por los hechos, al señalar que no sólo Cristina de Borbón se enfrenta a los dos delitos fiscales sino también su marido, Iñaki Urdangarin, y a él sí que le acusan de los mismos.

En concreto, Castro considera a la Infanta cooperadora necesaria de dos delitos fiscales, al considerar que su papel fue imprescindible para que su marido defraudase hasta 337.138 euros a Hacienda a través de Aizoon, empresa presuntamente 'pantalla' de la que ambos son propietarios.

En este sentido, el juez apunta a que la Infanta contribuyó, como socia de Aizoon, a que Urdangarin facturase a través de esta sociedad, como si de rendimientos de actividades económicas se tratasen, y no personales, las retribuciones que cobró de numerosas entidades privadas de las que era consejero asesor, y de este modo tributar menos en su declaración de la renta de 2007 y 2008.

Castro, sobre la Infanta Cristina: "Lo que tú defraudas, lo pagamos todos"

Caso Nóos
Redacción
martes, 23 de diciembre de 2014, 07:14 h (CET)
El juez instructor del caso Nóos, José Castro, proclama en su auto de apertura de juicio oral, en el que ha acordado sentar en el banquillo a la Infanta Cristina por dos presuntos delitos fiscales, que "lo que tú defraudas, lo pagamos todos", aseverando cómo la propia Agencia Tributaria ha impulsado en los últimos años "eslóganes" y campañas como "Hacienda somos todos" con el objetivo de evitar conductas ilícitas contra el fisco.

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En su resolución, Castro recalca cómo "se decidió llevar a cabo unas amplias campañas institucionales de pretendida concienciación tributaria" entre las que destaca, "por ser un clásico del que se ha hecho un prolífico uso, las más de las veces cargado de ironía, la de que 'Hacienda somos todos' y las muy recientes que cierran un diálogo con el eslogan oficial de la campaña: 'Lo que tú defraudas, lo pagamos todos'".

"Ello no es óbice a que sea la Agencia Tributaria quien, como gestora de los fondos públicos que los contribuyentes han puesto a su disposición", incide Castro, "se persone a través de la Abogacía del Estado al no poder hacerlo directamente los ciudadanos, a quienes les resultaría de imposible cuantificación el perjuicio que para cada uno de ellos ha representado la picaresca fiscal".

No obstante, en este caso Hacienda siempre ha sostenido, junto a la Fiscalía Anticorrupción, que la hermana del Rey Felipe VI no ha incurrido en responsabilidad penal alguna, por lo que sólo es Manos Limpias la que reclama pena de cárcel para la Duquesa, más en concreto ocho años de cárcel.

Es por ello, sobre el hecho de que debiera o no enviar a juicio a la Duquesa al únicamente ser acusada por quien ejerce la acción popular, señala que Manos Limpias está "absolutamente legitimada para acusar y postular la apertura del juicio oral" con independencia de que de ello "se hayan abstenido" el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado.

LA DOCTRINA BOTÍN NO ES APLICABLE A ESTE CASO
El juez alega así que no es aplicable a este caso la denominada doctrina Botín, que impide juzgar a alguien si únicamente le acusa la acusación popular y no la Fiscalía o el perjudicado por los hechos, al señalar que no sólo Cristina de Borbón se enfrenta a los dos delitos fiscales sino también su marido, Iñaki Urdangarin, y a él sí que le acusan de los mismos.

En concreto, Castro considera a la Infanta cooperadora necesaria de dos delitos fiscales, al considerar que su papel fue imprescindible para que su marido defraudase hasta 337.138 euros a Hacienda a través de Aizoon, empresa presuntamente 'pantalla' de la que ambos son propietarios.

En este sentido, el juez apunta a que la Infanta contribuyó, como socia de Aizoon, a que Urdangarin facturase a través de esta sociedad, como si de rendimientos de actividades económicas se tratasen, y no personales, las retribuciones que cobró de numerosas entidades privadas de las que era consejero asesor, y de este modo tributar menos en su declaración de la renta de 2007 y 2008.

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