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Por Rubén Fernández-Avilés López-Lillo
Historiador por la UCM
Según la RAE aborto (del latín abortus) significa en su segunda acepción “Interrupción del embarazo por causas naturales o deliberadamente provocadas. Puede constituir eventualmente un delito”. Sabemos que la lengua es el sistema de comunicación propio de las comunidades humanas en el que prevalece la ideología de la clase y del poder dominante. Un claro ejemplo es el machismo propio de nuestra lengua al utilizar el masculino como generalización. Con la explicación de la propia RAE, que rige nuestra lengua, lo que está haciendo es justamente eso, imponer como oficial en nuestra lengua esa acepción de aborto, la que penaliza a las mujeres que lo realicen. Impone la ideología de la clase dominante, convirtiendo esa visión moral del aborto en una verdad para todos asociándola inexorablemente al propio significado de la palabra “aborto”.
El debate sobre el aborto es un debate que viene de lejos, aunque no siempre ha tenido las mismas connotaciones y la misma importancia que se le da ahora, pero siempre es interesante ver cómo ha ido cambiando el pensamiento durante milenios. A lo largo de la Historia han sido muchos los pueblos y las personalidades que han tratado en mayor o menor medida este asunto. Por ejemplo, los egipcios del imperio faraónico parece ser que no estaban a favor de la interrupción del embarazo, en buena medida porque lo consideraban peligroso para la madre. Por su parte Aristóteles no consideraba aborto aquellas interrupciones voluntarias del embarazo que se producían antes de que la madre sintiera por primera vez en su interior los movimientos del bebé. Las que se producían voluntariamente después las calificaba como aborto contra la eticidad. En el siglo XIII, Santo Tomás de Aquino ya se preocupó por discernir cuando el feto adquiría el alma, lo que para él, en línea con la concepción aristotélica, no ocurría hasta que la madre no sintiera sus movimientos. Por lo tanto, no consideraba aborto que la mujer interrumpiera el embarazo antes de ese momento.
Durante la Edad Media y a lo largo de la Edad Moderna se siguió esta consideración tomista del aborto. Por lo tanto, no se castigaban las interrupciones del embarazo acaecidas antes de sentir la madre al bebé en su interior. Las condenas por intentar abortar o conseguirlo tras haberlo sentido fueron haciéndose cada vez más duros aunque los casos documentados son prácticamente inexistentes, debido en gran medida a lo complicado que era detectar un embarazo si la mujer se proponía esconderlo y, por consiguiente, el posterior aborto. En el caso de que los niños naciesen muertos, se podía llegar a especular sobre si había sido por causas naturales o por la intervención intencionada de la madre, en cuyo caso sería considerado un infanticidio.
La Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP) y Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) han mantenido un primer encuentro con el objetivo de establecer las líneas de colaboración y los mecanismos necesarios para que los derechos de las personas mayores y con discapacidad mayores estén presentes en el marco de las políticas municipales.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad registraron durante 2023 un total de 24.581 denuncias por desaparición que corresponden a 15.126 personas diferentes, según el balance difundido por el Ministerio del Interior. El titular del departamento, Fernando Grande-Marlaska, ha anunciado que el ministerio va a empezar a prestar atención psicológica gratuita a los familiares de las personas desaparecidas.
Actualmente, cuando despiden a una persona trabajadora de manera improcedente, ya sea porque se carece de una justificación legal o porque no se ajusta a la legislación vigente, ésta recibe una compensación económica que se establece en 33 días de salario por año trabajado con prorrateo mensual para periodos inferiores a un año y hasta un límite de 24 mensualidades. Pero los sindicatos han considerado que esta indemnización es muy baja.
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