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Etiquetas | Senado | Discapacidad | Dependencia | Propuesta | Ley
Presentada por el PP, la iniciativa cosechó un amplio respaldo por parte de los grupos, con la excepción del PSOE

​El Senado da el primer paso para equiparar de forma automática el reconocimiento de la dependencia con el 33% de discapacidad

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El Pleno del Senado debatió este miércoles la toma en consideración de una proposición de ley que pide reformar la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social para que a las personas valoradas con algún grado de dependencia se les reconozca un 33% de discapacidad de forma automática.


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Presentada por el PP, la iniciativa cosechó un amplio respaldo por parte de los grupos, con la excepción del PSOE. Saldrá adelante hoy con toda probabilidad y podrá comenzar así su tramitación.

En concreto, pide modificar el artículo 4.2 del decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la normativa sobre discapacidad, en línea con la propuesta del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi).


De hecho, varios dirigentes de esta organización asistieron hoy a la tribuna para seguir el debate sobre la toma en consideración.


CONSENSO


En su exposición de motivos, el senador del PP Bienvenido de Arriba apeló al “consenso” y pidió a los grupos su respaldo unánime a esta iniciativa, que “busca hacer más fácil la vida para las personas en situación de dependencia”.


A su juicio, “la persona con discapacidad no tiene por qué ser considerada dependiente, pero es claro que una persona reconocida con un grado de dependencia sí tiene una discapacidad”. “La valoración de la discapacidad y de la dependencia obedecen a baremos y criterios distintos, fruto de su diferente desarrollo y del momento de su aprobación”, explicó.


”Lo que buscamos es mejorar la calidad de vida de las personas en situación de dependencia”, prosiguió, que “dispondrían así de esta vía paralela para ser reconocidas como personas con discapacidad sin tener que acudir a un reconocimiento aparte, dependiente de un organismo diferente”.


En su opinión, ello les evitaría “tener que duplicar un proceso arduo, de entrevistas, valoraciones y exámenes”. Permitiría además “reducir trámites burocráticos, carga de trabajo (para las administraciones) y, por tanto, las listas de espera”, recalcó.


LA PROPOSICIÓN


El senador aclaró que, de acuerdo con el derecho positivo, una persona a la que se le haya reconocido una discapacidad no es automáticamente definible como "persona en situación de dependencia".


Sin embargo, “no hay ninguna duda de que una persona que se encuentre en situación de dependencia es reconocible como persona con discapacidad, al menos en el 33%, que es el grado mínimo”, agrega la propuesta de ley.


“Cuestión diferente es si la persona con dependencia desea que se le califique en un grado de discapacidad superior”, prosigue, lo que “habrá de seguir haciendo el organismo competente en función del baremo específico existente".


Según De Arriba, "asimilar al grado mínimo de discapacidad a las personas que hayan sido valoradas como en situación de dependencia, en cualquiera de sus grados”, es “una decisión suficientemente motivada, razonable y justa”.


Agregó que “esta asimilación ya se reconoce, a todos los efectos, a los pensionistas de la Seguridad Social que tengan acreditada una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad”, precisa la propuesta de ley.


Esta equiparación se recoge en el artículo 4.2 del citado Real Decreto Legislativo 1/2013, que la proposición pide modificar para incluir también a las personas en situación de dependencia.


La proposición subraya por último que la asimilación propuesta "no significa en modo alguno una extensión o ampliación indiscriminada de beneficios o incentivos, pues la propia norma de asimilación, hoy aplicable a pensionistas de invalidez, limita su efecto al grado mínimo de discapacidad (33%) y remite a las normas que regulen los beneficios o medidas de acción positiva la determinación de los requisitos específicos para acceder a ellos".

​El Senado da el primer paso para equiparar de forma automática el reconocimiento de la dependencia con el 33% de discapacidad

Presentada por el PP, la iniciativa cosechó un amplio respaldo por parte de los grupos, con la excepción del PSOE
Redacción
miércoles, 13 de diciembre de 2023, 12:24 h (CET)

El Pleno del Senado debatió este miércoles la toma en consideración de una proposición de ley que pide reformar la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social para que a las personas valoradas con algún grado de dependencia se les reconozca un 33% de discapacidad de forma automática.


A1 1048711


Presentada por el PP, la iniciativa cosechó un amplio respaldo por parte de los grupos, con la excepción del PSOE. Saldrá adelante hoy con toda probabilidad y podrá comenzar así su tramitación.

En concreto, pide modificar el artículo 4.2 del decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la normativa sobre discapacidad, en línea con la propuesta del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi).


De hecho, varios dirigentes de esta organización asistieron hoy a la tribuna para seguir el debate sobre la toma en consideración.


CONSENSO


En su exposición de motivos, el senador del PP Bienvenido de Arriba apeló al “consenso” y pidió a los grupos su respaldo unánime a esta iniciativa, que “busca hacer más fácil la vida para las personas en situación de dependencia”.


A su juicio, “la persona con discapacidad no tiene por qué ser considerada dependiente, pero es claro que una persona reconocida con un grado de dependencia sí tiene una discapacidad”. “La valoración de la discapacidad y de la dependencia obedecen a baremos y criterios distintos, fruto de su diferente desarrollo y del momento de su aprobación”, explicó.


”Lo que buscamos es mejorar la calidad de vida de las personas en situación de dependencia”, prosiguió, que “dispondrían así de esta vía paralela para ser reconocidas como personas con discapacidad sin tener que acudir a un reconocimiento aparte, dependiente de un organismo diferente”.


En su opinión, ello les evitaría “tener que duplicar un proceso arduo, de entrevistas, valoraciones y exámenes”. Permitiría además “reducir trámites burocráticos, carga de trabajo (para las administraciones) y, por tanto, las listas de espera”, recalcó.


LA PROPOSICIÓN


El senador aclaró que, de acuerdo con el derecho positivo, una persona a la que se le haya reconocido una discapacidad no es automáticamente definible como "persona en situación de dependencia".


Sin embargo, “no hay ninguna duda de que una persona que se encuentre en situación de dependencia es reconocible como persona con discapacidad, al menos en el 33%, que es el grado mínimo”, agrega la propuesta de ley.


“Cuestión diferente es si la persona con dependencia desea que se le califique en un grado de discapacidad superior”, prosigue, lo que “habrá de seguir haciendo el organismo competente en función del baremo específico existente".


Según De Arriba, "asimilar al grado mínimo de discapacidad a las personas que hayan sido valoradas como en situación de dependencia, en cualquiera de sus grados”, es “una decisión suficientemente motivada, razonable y justa”.


Agregó que “esta asimilación ya se reconoce, a todos los efectos, a los pensionistas de la Seguridad Social que tengan acreditada una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad”, precisa la propuesta de ley.


Esta equiparación se recoge en el artículo 4.2 del citado Real Decreto Legislativo 1/2013, que la proposición pide modificar para incluir también a las personas en situación de dependencia.


La proposición subraya por último que la asimilación propuesta "no significa en modo alguno una extensión o ampliación indiscriminada de beneficios o incentivos, pues la propia norma de asimilación, hoy aplicable a pensionistas de invalidez, limita su efecto al grado mínimo de discapacidad (33%) y remite a las normas que regulen los beneficios o medidas de acción positiva la determinación de los requisitos específicos para acceder a ellos".

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