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Los organismos que poseen símbolos propios deben regularlos, establecer el uso correcto y ser custodios de los mismos

​El uso de las banderas olímpica y nacional

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El escenario del acto de entrega de la medalla de bronce a Sete Benavides por parte del Comité Olímpico Español (COE) ha contado con la presencia de las banderas olímpicas y de la de España. Por supuesto, el uso de estas banderas en este evento concreto es correcto. Sin embargo, la ordenación de las mismas es errónea.


Una de las premisas existentes en protocolo, en referencia al uso de las banderas, es que las oficiales y no oficiales no pueden ondear juntas. Esta norma se aplica a cualquier tipo de acto, incluidos los eventos relacionados con el deporte y con instituciones deportivas.


La Carta Olímpica recoge entre sus reglas que los comités olímpicos nacionales (CON) pueden utilizar la bandera olímpica «en el marco de sus actividades no lucrativas, siempre y cuando esta utilización contribuya al desarrollo del Movimiento Olímpico, no perjudique su dignidad y los CON correspondientes hayan obtenido el acuerdo previo de la comisión ejecutiva del COI», marca el artículo 3.2.


Por su parte, el COE señala en sus estatutos que entre sus competencias está la de «proteger la debida utilización en España de la bandera» olímpica.


Esto está muy bien. Los organismos que poseen símbolos propios deben regularlos, establecer el uso correcto y ser custodios de los mismos. Y este cuidado también debe ser aplicado en aquellos símbolos que no les son propios pero que utilizan en sus actos.


La utilización de la bandera de España en los eventos organizados por el COE debe estar sujeta a su propia normativa y es deber del COE, si hace uso de ella, de conocer dicha normativa y, por supuesto, de cumplirla.


Al respecto, y en líneas generales, el COE debe saber que en sus eventos puede usar la bandera de España sin escudo y esta no ondeará junto a las suyas propias, las banderas olímpicas, ya que estas no son oficiales.

​El uso de las banderas olímpica y nacional

Los organismos que poseen símbolos propios deben regularlos, establecer el uso correcto y ser custodios de los mismos
María del Carmen Portugal Bueno
jueves, 16 de junio de 2022, 10:11 h (CET)

El escenario del acto de entrega de la medalla de bronce a Sete Benavides por parte del Comité Olímpico Español (COE) ha contado con la presencia de las banderas olímpicas y de la de España. Por supuesto, el uso de estas banderas en este evento concreto es correcto. Sin embargo, la ordenación de las mismas es errónea.


Una de las premisas existentes en protocolo, en referencia al uso de las banderas, es que las oficiales y no oficiales no pueden ondear juntas. Esta norma se aplica a cualquier tipo de acto, incluidos los eventos relacionados con el deporte y con instituciones deportivas.


La Carta Olímpica recoge entre sus reglas que los comités olímpicos nacionales (CON) pueden utilizar la bandera olímpica «en el marco de sus actividades no lucrativas, siempre y cuando esta utilización contribuya al desarrollo del Movimiento Olímpico, no perjudique su dignidad y los CON correspondientes hayan obtenido el acuerdo previo de la comisión ejecutiva del COI», marca el artículo 3.2.


Por su parte, el COE señala en sus estatutos que entre sus competencias está la de «proteger la debida utilización en España de la bandera» olímpica.


Esto está muy bien. Los organismos que poseen símbolos propios deben regularlos, establecer el uso correcto y ser custodios de los mismos. Y este cuidado también debe ser aplicado en aquellos símbolos que no les son propios pero que utilizan en sus actos.


La utilización de la bandera de España en los eventos organizados por el COE debe estar sujeta a su propia normativa y es deber del COE, si hace uso de ella, de conocer dicha normativa y, por supuesto, de cumplirla.


Al respecto, y en líneas generales, el COE debe saber que en sus eventos puede usar la bandera de España sin escudo y esta no ondeará junto a las suyas propias, las banderas olímpicas, ya que estas no son oficiales.

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