MADRID, 20 (SERVIMEDIA)
La Audiencia Provincial de La Rioja ha condenado a un hombre por un delito de falsedad en documento mercantil en concurso con otro de estafa a un año de prisión y seis meses de multa con una cuota diaria de cinco euros. El tribunal acuerda suspender la pena de prisión por un plazo de dos años con la condición de no delinquir durante ese tiempo.
La sentencia, de conformidad, considera probado que el acusado quería cambiar las ventanas de su domicilio, para lo que se dirigió a una empresa que presupuestó los trabajos en 3.000 euros.
Para sufragar la obra, puesto que carecía de fondos, se hizo con los datos bancarios y copia de la libreta y documentos de identidad de dos mujeres con las que tenía parentesco, valiéndose de la discapacidad intelectual de la primera y avanzada edad de la segunda.
Tras la firma de un contrato suplantando la identidad de ambas, la entidad financiera abonó al encausado los 3.000 euros, de los que se apropió sin que conste que las ventanas se llegaran a colocar.
El banco remitió las cuotas a la cuenta de la que eran titulares las familiares, cuotas que fueron devueltas por las interesadas al no haber firmado ningún contrato.
"Constituyendo los hechos aceptados el delito que se dice, no tratándose de otros distintos a los imputados inicialmente ni de calificación más grave, no concurriendo manifiestamente circunstancias determinantes de exención o atenuación no tenidas en cuenta y no sobrepasándose los máximos penológicos legalmente previstos, procede dictar sentencia de estricta conformidad, sin más trámites, conforme a lo dispuesto en el artículo 787 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal", expresa el tribunal.
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