MADRID, 22 (SERVIMEDIA)
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha solicitado información adicional al Banco Sabadell sobre la venta de su filial TSB y, al respecto, la entidad aclara que "no hay aspectos del contrato de compraventa que otorguen un tratamiento diferenciado" distintos a los ya incluidos en el informe del consejo de administración del Sabadell en caso de que la opa de BBVA prospere ni le supone asunción de obligaciones.
El Sabadell trasladó en un hecho relevante que la CNMV le ha solicitado determinadas aclaraciones sobre la venta de TSB al Banco Santander y, al respecto, específicamente sobre la opa de BBVA, señaló que "no hay ningún aspecto del contrato de compraventa que pueda suponer la asunción de obligaciones" para BBVA si la opa prospera y "no hay aspectos del contrato de compraventa que otorguen un tratamiento diferenciado en el supuesto de que la opa tenga éxito respecto de que no lo tenga distintos de los descritos en el informe del consejo de administración".
El banco catalán afirmó que el contrato de venta de TSB "no se ve de ningún otro modo afectado negativamente por un cambio de control sobrevenido de Banco Sabadell" y que específicamente está estipulado que Sabadell podrá libremente entablar (o continuar) conversaciones o negociaciones con cualquier tercero en relación con un cambio de control y en el informe del consejo se indica que "las restricciones de no competencia y no contratación de empleados no serán de aplicación a BBVA o entidades de su grupo en el caso de que la opa de BBVA tuviera un resultado positivo".
Respecto al dividendo extraordinario asociado a la venta, aclaró que no requiere de ninguna autorización y "no hay otros compromisos o condiciones de cualquier naturaleza a los que esté sujeto el reparto del dividendo".
El Sabadell también señaló que el precio definitivo de la operación, que el banco calculó inicialmente en unos 3.400 millones de euros al cierre de la operación, se ajustará "al alza o a la baja (sobre la base del precio inicial anunciado) en función de la evolución del valor neto contable tangible entre la fecha de referencia para la determinación del precio inicial de TSB (31 de marzo de 2025) y la fecha de cierre de la operación".
También aclaró que no hay mecanismos de ajuste al precio de la compraventa distintos del incluido en el informe del consejo de administración y que las únicas condiciones suspensivas de la venta son las ya descritas en dicho informe.
El Sabadell trasladó en el hecho relevante que la CNMV ha solicitado "desarrollar ciertos aspectos adicionales sobre el contrato de compraventa de TSB", que son "cuestiones que no afectan a los elementos esenciales" de la venta y que sirven para "permitir a BBVA completar el folleto explicativo de la opa" y mantener "la simetría informativa con los accionistas y el mercado".
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