MADRID, 09 (SERVIMEDIA)
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones convocará en este mes la mesa para empezar a negociar con los agentes sociales y las asociaciones de trabajadores por cuenta propia la nueva escala de tramos de cotización para el período 2026-2028, con el fin de seguir desplegando el sistema de cuotas en función de los rendimientos netos.
Así lo comunicó Saiz este lunes durante su comparecencia en la Comisión del Pacto de Toledo del Congreso de los Diputados, donde realizó un balance positivo del nuevo sistema de cotizaciones por ingresos reales desplegado a partir de 2023, con cuotas previstas por tramos de rendimientos entre el mencionado ejercicio y 2025. Este nuevo sistema se está implantando, según lo previsto, de manera gradual hasta el año 2032, cuando ya estará plenamente operativo. Hasta entonces, se irá aplicando progresivamente durante ciclos de tres años y será evaluado por el Gobierno y los interlocutores sociales.
La ministra hizo alusión al informe del primer año de aplicación del nuevo sistema de cotizaciones por rendimientos netos, abordado ya en Consejo de Ministros, y que expone que, del total de trabajadores autónomos, 2,12 millones cotizaron en 2023 dentro de su tramo (de hecho, 1,3 millones acertaron en la elección) y casi 800.000 no han experimentado cambios con la regularización; mientras que solo un 1,58 millones de autónomos han estado sujetos a cambios en su regularización.
Y de estos, 796.000 cotizaron por debajo del tramo que les correspondía, 461.000 por encima; y de casi 324.000 no constan rendimientos computables.
El proceso concluyó con la remisión de 765.965 resoluciones a autónomos que cotizaron por debajo del tramo que les correspondía y de 543.162 expedientes que lo hicieron por encima. Y se hizo con un importe promedio de 473 euros en el caso del ingreso y de 523 euros en la devolución. La diferencia entre ingresos y devoluciones asciende a una cifra de 62,5 millones de euros positivos para la Seguridad Social.
Antes del 15 de junio se habrán realizado las devoluciones a los autónomos que estaban en pluriactividad y que han sobrecotizado, según la ministra, que señaló que "se trata de un proceso complejo, que implica a varias administraciones", por lo que celebró su positivo funcionamiento.
JUBILACIÓN ANTICPADA
Por otro lado, Saiz trató en su comparecencia la reciente aprobación del desarrollo reglamentario de la modificación de los coeficientes reductores de la edad de jubilación en actividades penosas y peligrosas, que se negoció con sindicatos y patronal.
"Nuestro sistema, a lo largo de su historia, y como pieza esencial de la política de salud laboral, ya había establecido edades de jubilación anticipada sin penalización para determinados colectivos que desarrollan actividades marcadas por su peligrosidad, toxicidad, insalubridad o penosidad, precisamente por las circunstancias en las que se desarrolla el trabajo, con una alta tensión no solo física sino también mental, que justifican, como no podía ser de otra manera, el anticipo de la jubilación como medida de protección", trasladó Saiz.
Así, elogió las medidas del Gobierno que permiten, por un lado, jubilarse anticipadamente a aquellos que trabajan en actividades peligrosas, mientras que otorga flexibilidad e incentivos para quienes en otros empleos deseen, voluntariamente, prolongar su vida profesional y con ello contribuir a la sostenibilidad del sistema de pensiones.
En los casos que se reconozca el derecho a la jubilación anticipada, cuando el trabajador cese en su actividad laboral antes de haber cumplido la edad legal de jubilación, conservará su derecho a percibir íntegra la pensión de jubilación que le habría correspondido si el cese se hubiera producido una vez cumplida aquella edad, considerándose los años de bonificación de la edad hasta la edad ordinaria como tiempo cotizado.
No obstante, advirtió de que el establecimiento de estos coeficientes reductores de la edad de jubilación "solo procederá cuando no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo", por lo que "la reducción de edad estará vinculada a la salud de los trabajadores, pero siempre con un carácter sustitutivo, esto es, solo si se demuestra que no pueden modificarse las condiciones laborales".
Dentro de los criterios para determinar la penosidad se encuentran, por ejemplo, la exposición a temperaturas extremas, ruido o vibraciones; el uso permanente de la fuerza física; la exposición a agentes físicos, químicos o biológicos. En cuanto a la toxicidad, estarán bajo esta condición los trabajos con exposición a agentes físicos, químicos o biológicos agresivos o nocivos.
De su lado, la peligrosidad contempla actividades susceptibles de causar un accidente laboral o enfermedad profesional al trabajador con un mayor grado de incidencia o frecuencia que otros trabajos.
Además, la insalubridad se refiere a actividades con exposición a un ambiente susceptible de ser perjudicial para la salud del trabajador.
En cuanto a los Indicadores objetivos, cuentan tanto las contingencias profesionales como las comunes (una novedad respecto al anterior procedimiento), y cuentan también la edad de la persona trabajadora y su género.
"Sí, señorías, estos indicadores por primera vez tendrán una perspectiva de género, de hecho la norma prevé la creación de un grupo de trabajo a fin de analizar y evaluar la dimensión de género en la fijación de coeficientes reductores de la edad de jubilación en aquellas ocupaciones o actividades profesionales con mayor presencia femenina", ahondó Saiz.
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