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Los afectados por la caída de Internet y telefonía fija tienen derecho a indemnización, según recuerda Facua

Agencias
martes, 20 de mayo de 2025, 11:39 h (CET)

MADRID, 20 (SERVIMEDIA)


La caída de los servicios de Internet y telefonía fijos de Telefónica "da derecho" a los usuarios afectados a "pequeñas indemnizaciones".


Así lo recordó este martes Facua-Consumidores en Acción en un comunicado en el que puntualizó que dichas indemnizaciones se calculan en función del "número de horas que se prolongue la avería, los servicios afectados y la forma en que sean facturados por la compañía".


"Eso sí, en caso de que el cliente de la operadora tenga capacidad de acreditar perjuicios económicos derivados del corte, también puede reclamarlos", abundó.


Tras subrayar que las indemnizaciones por los cortes de servicios de Internet y telefonía están regulados en el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, la organización precisó que, en el caso de los servicios de telefonía fija, dicha norma establece que ascenderá a "cinco veces la cuota mensual de abono o equivalente vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta".


Si en la factura no se desglosa el importe del servicio de telefonía fija, el cálculo de la indemnización se hará sobre la base del importe de la cuota fija mensual, aunque en ella vaya también incluido el servicio de Internet y televisión digital.


CÁLCULO


"Así, para calcular la indemnización a la que tiene derecho por cada hora de interrupción del servicio, el usuario tendrá que dividir el importe de la cuota fija entre el número de días que tiene el mes (31 en mayo), dividir el resultado en las 24 horas que tiene el día y multiplicar el resultado por cinco", explicó.


En el caso de los servicios de telefonía fija, el operador estará obligado a indemnizar "automáticamente" al abonado en la factura correspondiente al período "inmediato" al considerado cuando la interrupción del servicio suponga el derecho a una indemnización por importe superior a un euro y, según la entidad, si no alcanza ese importe, será el usuario el que tendrá que reclamarla "expresamente".


"En esa factura, la compañía tiene que hacer constar la fecha, duración y cálculo de la cuantía de la indemnización que corresponde", aseveró.


En cuanto a los servicios de acceso a Internet fijo, la indemnización se limita al prorrateo de la cuota mensual por el número de horas de interrupción.


"Si las cuotas por el teléfono e Internet fijos están integradas en una sola y se ha producido la caída en los dos servicios, la indemnización por cada hora sin ellos se calcularía multiplicando por seis el resultado de dividir su importe entre los 31 días que tiene este mes y entre las 24 horas que tiene el día", resolvió.


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