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La reforma del delito de malversación podría afectar a 40 presos por corrupción

Agencias
lunes, 14 de noviembre de 2022, 17:45 h (CET)

MADRID, 14 (SERVIMEDIA)


Una reforma del delito de malversación de caudales públicos podría afectar a 40 presos por corrupción a los que se impuso una sentencia en la que se incluía el tipo penal.


Revisar la malversación es algo que ha reclamado el líder de ERC, Oriol Junqueras, después de que PSOE y Unidas Podemos hayan accedido a suprimir el delito de sedición y sustituirlo por otro de desórdenes públicos agravados. El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, dijo este lunes que el Gobierno está dispuesto a hablar de la malversación si hay mayoría parlamentaria para ello.


Un cambio de este tipo, además de beneficiar a condenados o investigados por el ‘procés’, podría llevar a presos por corrupción a pedir que se revisen sus sentencias si entienden que se efectúa un cambio normativo que puede mejorar su situación.


Así, según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) consultados por Servimedia, a fecha del pasado 1 de octubre había 40 presos (2 en Cataluña y 38 en el resto de España) que tenían entre los delitos de su condena el de malversación de caudales públicos.


DELITO MAYORITARIO


Se trata, en la práctica, del tipo penal que más afecta a los condenados por corrupción, ya que de los 106 presos por este tipo de delitos que hay ahora en el conjunto de España (17 de Cataluña y 89 del resto del país), 40 de ellos cumplen condena por malversación.


Después de la malversación, los presos por corrupción tienen en común el delito de cohecho (31 de ellos), sobre la ordenación del territorio (11) y fraude (9).


La malversación de caudales públicos figura en el Código Penal en su Título XIX, de delitos contra la Administración Pública, y en el Capítulo VII, que corresponde específicamente al mal uso de dinero público. La regulación está recogida entre los artículos 432 y 435.


Con el tipo penal que ahora se debate modificar se castiga la apropiación indebida del patrimonio público o la administración desleal del mismo, que solo puede cometerse por una autoridad o funcionario público.


Junto a la tipificación general, existen aspectos específicos como la malversación agravada. Se castiga aquí la comisión de un daño grave al servicio público, lo que es castigado con penas que van de cuatro a ocho años de prisión, además de inhabilitación absoluta entre diez y veinte años.


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