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El Tribunal de Luxemburgo rechaza el recurso de Ryanair al rescate de Condor

Agencias
miércoles, 18 de mayo de 2022, 11:54 h (CET)

MADRID, 18 (SERVIMEDIA)


El Tribunal General de la Unión Europea ha rechazado el recurso presentado por Ryanair contra el rescate de 550 millones de euros otorgado por Alemania a la aerolínea Condor, del grupo Thomas Cook, en 2019, cuando se produjo la quiebra del turoperador.


De esta manera, el Tribunal de Luxemburgo confirma la compatibilidad de la ayuda prestada por Alemania a Condor con el Derecho de la Unión ya que el hecho de que las dificultades financieras de Condor tuvieran su origen en la liquidación del grupo Thomas Cook no impedía que la Comisión aprobara dicha ayuda.


El 25 de septiembre de 2019, Condor, que presta servicios de transporte aéreo principalmente a operadores turísticos desde varios aeropuertos alemanes, solicitó la apertura de un procedimiento de insolvencia debido a la liquidación de Thomas Cook, que era propietario del 100% de su capital.


Ese mismo día, la República Federal de Alemania notificó a la Comisión Europea el rescate de 550 millones en favor de Condor, limitada a un período de seis meses.


La ayuda notificada tenía por objeto mantener un transporte aéreo ordenado y limitar las consecuencias negativas que implicaba para Condor, sus pasajeros y su personal, la liquidación de su sociedad matriz.


El objetivo de la ayuda era que condor pudiera continuar sus actividades hasta que se alcanzara un acuerdo con sus acreedores y efectuara, en su caso, su cesión, que finalmente se produjo a la polaca LOT.


Bruselas, mediante una Decisión del 14 de octubre de 2019, calificó el rescate de ayuda de Estado compatible con el mercado interior y a las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis.


Ryanair alegó en su denuncia que una sociedad que forma parte de un grupo no puede acogerse a tales ayudas salvo que sus dificultades le sean propias y no sean el resultado de una asignación arbitraria de costes dentro del grupo, y que sean demasiado complejas para ser resueltas por el propio grupo.


También denunció que la Comisión debería haber albergado dudas en cuanto al cumplimiento por la ayuda del requisito de que la desaparición de Condor podría implicar serios problemas sociales o una grave deficiencia del mercado.


A este respecto, el tribunal sostiene que la repatriación inmediata de los 200 000 a 300 000 pasajeros de Condor repartidos en 50 a 150 destinos diferentes suponía un riesgo de perturbación de un servicio importante que resulta difícil reproducir, de modo que la salida de Condor del mercado podía provocar una importante deficiencia de dicho mercado.


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