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Las comunidades autónomas decidirán cuándo y cómo realizar el pago retroactivo del Bono Alquiler Joven

Agencias
martes, 18 de enero de 2022, 19:44 h (CET)

MADRID, 18 (SERVIMEDIA)


Las comunidades autónomas tendrán autonomía para decidir cuándo y de qué manera ejecutan los pagos con carácter retroactivo del Bono Alquiler Joven aprobado este martes por el Consejo de Ministros.


Así lo señalaron fuentes ministeriales después de que este martes el Consejo de Ministros haya aprobado el real decreto ley que regula esta ayuda por la que los jóvenes de entre 18 y 35 años que cumplan los requisitos económicos podrán recibir una ayuda de 250 euros para pagar el alquiler de vivienda.


Esta medida, según explicó este martes la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero pero, según indicaron fuentes ministeriales, será cada comunidad autónoma quien decida cuándo abre las convocatorias para su solicitud, así como cuándo comienza a realizar los pagos y de qué manera abona las cantidades correspondientes a los meses que ya hayan transcurrido.


En este sentido, los tiempos previstos por el Ministerio son que la conferencia sectorial autorice próximamente los criterios de reparto para que éstos sean posteriormente aprobados por el Consejo de Ministros y que el bono pueda comenzar a funcionar en mes y medio o dos meses.


Por otro lado, sobre las críticas realizadas por algunos agentes sociales y formaciones políticas sobre que la medida podría producir un incremento de los precios o ser una mera transferencia de fondos públicos a los propietarios, las fuentes ministeriales consultadas explicaron que no es probable que los precios suban ya que el bono se consigue una vez ya se tiene un contrato de alquiler firmado. Asimismo, recordaron que no es posible que el propietario lo rompa de forma unilateral para subir el alquiler, así como que éste no tiene conocimiento de si el arrendatario recibe o no la ayuda pública.


Por otra parte, desde el Ministerio explicaron que para estas ayudas al alquiler está prevista la posibilidad de movilidad laboral, por lo que el Gobierno propondrá a la conferencia sectorial un acuerdo para que los beneficiarios de estas ayudas que cambien de trabajo y residencia a otra comunidad autónoma puedan trasladarlas de una comunidad a otra.


‘COHOUSING’


En cuanto a los 13 programas contemplados en el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 aprobado este martes por el Consejo de Ministros, fuentes ministeriales se refirieron al programa número 8, de título “Programa de fomento de alojamientos temporales, de modelos ‘cohousing’, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares”, para aclarar que no se trata de viviendas pequeñas o que los inquilinos deban compartir vivienda, sino de edificios con espacios comunes que puedan ser compartidos, como comedores, peluquería o espacios de fisioterapia, para fomentar la convivencia entre personas de distintas generaciones.


En este sentido, las fuentes ministeriales indicaron que se trata de un modelo extendido en otros países que permite a personas de edad avanzada que no quieren vivir en una residencia de mayores el poder vivir en lugares donde comparten espacios comunes con personas de otras edades.


Aunque cada comunidad autónoma tendrá autonomía para desarrollar los programas, desde el Ministerio destacaron cinco programas considerados prioritarios entre los que se encuentra el ‘Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables’.


También estarán entre estos programas prioritarios el ‘Programa de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida’; el ‘Programa de incremento del parque público de vivienda’; el ‘Programa de puesta a disposición de viviendas de la Sareb y de entidades públicas para su alquiler como vivienda social’; y el ‘Programa de fomento de la puesta a disposición de las comunidades autónomas y ayuntamientos de viviendas libres para su alquiler como vivienda asequible o social’.


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