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El Gobierno fija un objetivo de consumo de biocarburantes del 9,5% en 2021 y del 10% en 2022

Agencias
martes, 30 de marzo de 2021, 15:05 h (CET)

MADRID, 30 (SERVIMEDIA)


El Gobierno ha establecido los nuevos objetivos de consumo y venta de biocarburantes para los años 2021 y 2022, fijándolos en el 9,5% y el 10% respectivamente.


Así lo explicó este martes la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros.


Estos nuevos objetivos, recogidos en un real decreto de fomento de las energías limpias, suponen un incremento de un punto con respecto al objetivo del año 2020, que fue del 8,5%.


A este respecto, Montero destacó que los biocarburantes son “una pieza clave” en la transición energética ya que permiten aumentar la presencia de las renovables en el sector del transporte.


“Los biocombustibles han de ser una solución puente”, añadió la portavoz, quien señaló que este papel lo deben jugar hasta que llegue el momento de plena electrificación de los vehículos de combustión.


Por otro lado, indicó que estos objetivos están en línea con los establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y clima (Pniiec), que establece un 28% en 2030, y que “ofrecen certidumbre, previsibilidad y capacidad regulatoria para que las empresas apuesten por la inversión en este sector y estimulen la economía circular con proyectos vinculados a esta energía renovable”.


BIOCARBURANTES SOSTENIBLES


El aumento de la presencia de biocarburantes en el transporte ha de realizarse de manera sostenible, protegiendo la biodiversidad y la salud de los ecosistemas. Por este motivo, la norma establece una serie de limitaciones a los biocarburantes producidos a partir de materias primas de determinados orígenes.


Así, el real decreto mantiene la contribución máxima para alcanzar el objetivo de renovables en el transporte del 7% de biocarburantes procedentes de cultivos alimentarios y forrajeros en el consumo final de la energía en los años 2021 y 2022, tal y como exige la Directiva de Energías Renovables.


Se trata de cultivos ricos en almidón, azucareros u oleaginosos producidos en suelos agrícolas como cultivo principal (excluyendo residuos, materiales lignocelulósicos y cultivos intermedios) cuya limitación persigue evitar un incremento de la demanda de terrenos para fines energéticos, lo que desviaría su principal fin como producto alimentario. Esta limitación se traduce en un porcentaje máximo del 7,2% que podrá ser contabilizado para cumplir con los objetivos de biocarburantes en el transporte del 9,5% y 10% en 2021 y 2022, respectivamente.


Asimismo, el texto transpone la previsión incluida en la Directiva con respecto a los biocarburantes con riesgo elevado de cambio indirecto del uso de la tierra, procedentes de cultivos alimentarios y forrajeros para los que se observe una expansión de la superficie de producción en tierras con elevadas reservas de carbono (bosques, humedales, turberas, etc.) de modo que, a partir del año 2022, no superen el nivel de consumo de estos mismos biocombustibles alcanzado en 2019.


Con el objetivo de asegurar la sostenibilidad de los biocarburantes procedentes de aceite de cocina usado y grasas animales, el Real Decreto también fija el límite para el uso de estas materias primas en el 1,7%, tanto para el objetivo sobre el consumo final de la energía en el transporte establecido en la Directiva de Renovables, como para la contribución de estos biocarburantes en el objetivo de venta o consumo para 2021 y 2022. No obstante, tal y como permite la Directiva, este límite podrá aumentarse si se justifica la disponibilidad de materias primas, previa aprobación de la Comisión Europea.


Por último, con el fin de preparar la transición hacia los biocarburantes avanzados y reducir al máximo las consecuencias del cambio indirecto del uso de la tierra, este Real Decreto establece objetivos de penetración de biocarburantes avanzados: de carácter indicativo del 0,1% para 2021 y de carácter obligatorio del 0,2% para 2022.


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