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La Audiencia Nacional ratifica la infracción del Ayuntamiento de Valencia al tratar datos de ideología y religión en una encuesta

Agencias
martes, 2 de junio de 2020, 13:20 h (CET)

MADRID, 02 (SERVIMEDIA)


La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha confirmado una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que declaró que el Ayuntamiento de Valencia cometió una infracción muy grave al haber tratado datos especialmente protegidos como el de ideología y religión en una encuesta sobre las Fallas, realizada entre el 18 de mayo y el 13 de junio de 2017, sin contar con el consentimiento expreso y por escrito de los participantes.


En una sentencia, los magistrados desestiman el recurso presentado por el Ayuntamiento de Valencia contra la resolución de la AEPD de 22 de enero de 2018 que consideraba que el Consistorio había infringido lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley Orgánica 151/1999, de 1 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.


Según explica la resolución de la Audiencia, tras la declaración de las Fallas como Patrimonio inmaterial de la Humanidad por la Unesco, el Ayuntamiento de Valencia impulsó y aprobó la realización de un Plan Estratégico de las Fallas, con el objeto de analizar los distintos vectores de impacto que tiene la fiesta sobre su entorno y determinar las claves sobre este evento y su futuro. Como parte de dicho plan estratégico se establecía la realización de un estudio sociológico sobre el colectivo fallero mediante encuestas, que el Consistorio contrató con la empresa Invest Group Investigación de Mercados SL (Invest).


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